Resuelto N° OAL-021-PJ-2022. Por el cual se otorga personería jurídica a la organización denominada asociación de productores de panela y otros rubros agroartesanales de los palomos, cuyas siglas son apropap, ubicadas en la comunidad de los palomos, corregimiento de las tinajas, distrito de dolega, provincia de chiriquí.

Fecha de publicación20 Octubre 2022
Fecha07 Marzo 2022
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO
No. 29648 Gaceta Oficial Digital, jueves 20 de octubre de 2022 1
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OAL-021-PJ-2022 PANAMÁ, 7 DE MARZO DE 2022
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CONSIDERANDO:
Que la organización denominada ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES DE PANELA Y OTROS
RUBROS AGROARTESANALES DE LOS PALOMOS, cuyas siglas son APROP AP, ubicada
en la comunidad de Los Palomos, corregimiento de Las Tinajas, distrito de Dolega, Provincia de
Chiriquí, se constituyó el día
16
de Agosto de 2021.
Que la organización
en
referencia tiene como finalidad explotar racionalmente los recursos naturales,
haciendo uso de técnicas y buenas prácticas
en
las actividades producir panelas y otros derivados de
la agroindustria, con el asesoramiento técnico del Ministerio de Desarrollo Agropecuario.
Que luego del análisis de la documentación aportada
por
la organización denominada
ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES DE PANELA Y OTROS RUBROS
AGROARTESANALES DE LOS PALOMOS, cuyas siglas son APROP AP hemos podido
detenninar que cumple con los requisitos legales establecidos
en
el Decreto Ejecutivo No. 79 de
23
de mayo de 2017.
Que de acuerd,o con lo establecido en el
agícuio2,
MumeraLl7, de la
Ley
12 del 25 de enero de 1973,
corresponde al Ministro de Desarrgllo
Ágrop~óuario,
otorgar
la
'Personería Jurídica a los diferentes
modelos de organizaciones
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Ordenar la
protG~olización
del presente Resueltcf,y él Estatuto de la organización
ante una Notaría
Ptibl.ica, su p,o.sterior
in,.~cripéión
en el Registro Público y su
actualización
en
el Registro de·
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deí Ministerio de Desarrollo Agropecuario.
Advertir a la organización que cualquier modificación, reforma o adición a su
Estatuto, debe ser notificado y aprobado por el Ministerio de Desarrollo
Agropecuario, a través de la Dirección Nacional de Desarrollo Rural,
para
su
validez.
Este Resuelto empezará a regir a partir de su firma.
FUNDAMENTO LEGAL: Ley
No
. 12 de 25 de enero de 1973 y el Decreto Ejecutivo No. 79 de
23
de mayo de 2017.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,
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