Resuelto Nº 2185 de 10 de diciembre de 2007, "POR EL CUAL SE RESTABLECE EN SU VIGENCIA EL RESUELTO 2075 DE 29 DE DICIEMBRE DE 2000".

REPÚBLICA DE PANAMÁ MINISTERIO DE EDICACIÓN

RESUELTO No. 2185 Panamá, 10 de diciembre de 2007

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN

en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

Que miembros de la comunidad educativa de los centros educativos particulares y oficiales, así como los gremios docentes han solicitado se restablezca la vigencia del Resuelto 2075 de 29 de diciembre de 2000;

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO Restablézcase en su vigencia el Resuelto 2075 de 29 de diciembre de 2000, que dice así:

"REPÚBLICA DE PANAMA MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Resuelto No.2075 Panamá, 29 de Dic de 2000.

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

en uso de sus facultades legales

CONSIDERANDO:

Que el artículo 69 de la Ley 47 de 1946, Orgánica de Educación, establece que la educación de jóvenes y adultos tiene como fin propiciar el logro de la autogestión del joven y adulto para su realización integral;

Que la educación de jóvenes y adultos se basa fundamentalmente en el autoaprendizaje, apoyándose en la ciencia andragógica, aplicando la enseñanza presencial, semipresencial y a distancia y tomando en consideración las características y necesidades propias del sujeto educativo;

Que en los centros educativos oficiales y particulares del subsistema no regular, se ha generalizado la aplicación de la modalidad trimestral semipresencial, la cual requiere una reglamentación;

Que es función del Ministerio de Educación, a través de la Dirección Nacional de Educación de Jóvenes y Adultos, coordinar, orientar y supervisar todas las acciones educativas que se desarrollen en esta área del subsistema no regular, tanto en los centros oficiales como particulares del país.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1

Reglamentar la aplicación de la modalidad trimestral en los centros educativos oficiales y particulares del subsistema no regular, que ya adoptaron dicho sistema, en los niveles de Educación Básica General y Educación Media.

ARTÍCULO 2

Los requisitos de ingreso a los centros educativos del subsistema no regular, de educación premedia y media, son los siguientes:

Ser mayor de quince (15) años de edad.

Certificado de Nacimiento Escolar y fotocopia de cédula.

Dos fotos tamaño carné.

Para ingresar a primer año, copia de certificado de terminación de estudios primarios.

Copia de Certificado de Educación Básica General.

Créditos originales, en caso de traslado de un centro educativo a otro.

Asistir a los cursos de...

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