Resolución de Gabinete Nº 11 de 11 de febrero de 2009, 'QUE AUTORIZA AL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS/UNIDAD ADMINISTRATIVA DE BIENES REVERTIDOS, A VENDER MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE CONTRATISTA (SUBASTA PÚBLICA), LA PARCELA 14, CON UNA SUPERFICIE DE 8,247.45 M2, UBICADA EN EL SECTOR DE AMADOR, CORREGIMIENTO DE ANCÓN, DISTRITO Y PROVINCIA DE PANAMÁ, CUYO VALOR PROMEDIO ES DE DOCE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y UN MIL CIENTO SETENTA Y CINCO BALBOAS (B/.12,371,175.00)'

RESOLUCIÓN DE GABINETE No. 11

(de 11 de febrero de 2009)

Que autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas/Unidad Administrativa de Bienes Revertidos, a vender mediante el procedimiento de selección de contratista (subasta pública), la Parcela 14, con una superficie de 8,247.45 m2, ubicada en el sector de Amador, corregimiento de Ancón, distrito y provincia de Panamá, cuyo valor promedio es de doce millones trescientos setenta y un mil ciento setenta y cinco balboas (B/.12,371,175.00)

EL CONSEJO DE GABINETE,

en uso de sus facultades constitucionales y legales,

CONSIDERANDO:

Que según los artículos 8 y 28 del Código Fiscal y el acápite D, numerales 3 y 6 del artículo 2 de la Ley 97 de 21 de diciembre de 1998, corresponde al Ministerio de Economía y Finanzas, la administración, conservación y vigilancia de todos los bienes de la República de Panamá que expresamente no estén administrados por otras entidades o cuando así expresamente lo autorice la ley, decreto de gabinete o decreto ejecutivo;

Que el Consejo de Gabinete, mediante la Resolución Nº 108 de 27 de diciembre de 2005, transfirió al Ministerio de Economía y Finanzas, las funciones de custodia y administración de los bienes de propiedad de la Nación y la estructura de personal, así como las demás atribuciones que ejercía la Autoridad de la Región Interoceánica hasta el 31 de diciembre de 2005, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 5 de 1993, modificada por la Ley 7 de 1995;

Que, mediante el Decreto Ejecutivo Nº 67 de 25 de mayo de 2006, se creó la Unidad Administrativa de Bienes Revertidos, adscrita al Ministerio de Economía y Finanzas, la cual tiene, entre otras, la función de custodiar, conservar y administrar, durante el tiempo indispensable para su adjudicación definitiva, aquellos bienes revertidos que por su condición particular así lo requieran;

Que, de conformidad con el Decreto Ejecutivo Nº 13 de 5 de febrero de 2007, se crea la Comisión Interinstitucional para la Administración de los Bienes Revertidos a fin de garantizar la eficacia, el mayor orden y la transparencia en el proceso de disposición de los bienes revertidos, que lleva a cabo la Unidad Administrativa de Bienes Revertidos, para lo cual adoptará, mediante actas, las recomendaciones para el Ministro de Economía y Finanzas;

Que, el Ministro de Economía y Finanzas, a través de la Resolución Ministerial Nº 152-2008 de 28 de noviembre...

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