Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 15 de Junio de 2010

PonenteOydén Ortega Durán
Fecha de Resolución15 de Junio de 2010
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

Mediante Resolución de 28 de diciembre de dos mil siete (2007), esta Sala de lo Civil resolvió el Recurso de Revisión interpuesto por el apoderado judicial del señor D.S.Á., contra el Auto No. 609 de 23 de mayo de 2005, dictado por el Juzgado Decimosexto de Circuito de lo Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá, dentro del Proceso Ejecutivo Hipotecario promovido por HSBC BANK USA en contra del Recurrente.

La Resolución de 28 de diciembre de dos mil siete (2007) declaró fundado el respectivo Recurso de Revisión y en consecuencia, se decretó la nulidad de lo actuado a partir de la foja 34 del expediente, siendo que una de las diligencias procesales anuladas dentro del Proceso, corresponde a un Auto que aprueba el remate y adjudica definitivamente a HSBC BANK USA la finca 26146, inscrita en el rollo 2781, documento 5, de la Sección de la Propiedad Horizontal, Provincia de Panamá, del Registro Público, de propiedad de D.S.Á..

Después de haber sido ejecutoriada la referida Resolución de 28 de diciembre de 2007 y remitido el expediente contentivo del Proceso a su Juzgado de origen, mediante informe secretarial visible a foja 183, la Secretaría de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia remitió oficio No. AL/4829/2009 de 9 de noviembre de 2009, emitido por el Registro Público de Panamá, en el cual se advierte que la Resolución de 28 de diciembre de 2007, emitida por esta S., padece de un error motivo por el cual dicha Institución calificó de defectuoso el documento y se suspendió su inscripción. El respectivo oficio No. AL/4829/2009, señala el siguiente error atribuible a la Resolución respectiva:

...

El presente documento se califica defectuoso por lo siguiente:

· ...

· Aclarece el numero de la finca ya que en la parte motiva de la sentencia s/n de fecha 28 de diciembre del 2007, en los antecedentes establece la finca 26146 de la sección de propiedad horizontal, provincia de Panamá y en la parte Resolutiva de la Sentencia en el punto No. 3 establece la finca 2614 de Propiedad Horizontal Provincia de Panamá.

Verificado lo observado por el Registro Público de Panamá, esta S. comprueba que en efecto, se cometió un error de escritura dentro de la Resolución de 28 de diciembre de 2007, toda vez que en su parte Resolutiva, específicamente el punto tercero, al señalar el número de la finca correspondiente, se omitió escribir un número que le corresponde a la finca en mención, motivo...

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