Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 9 de Septiembre de 2004

PonenteAníbal Salas Céspedes
Fecha de Resolución 9 de Septiembre de 2004
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

En la secretaria de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia se recibió Oficio Nº 4348 de 23 de junio de 2004 mediante el cual la Juez Primera de Circuito de lo Penal remite manuscrito del señor A.U.H.H., donde solicita la revisión de su causa.

Mediante Providencia fechada 20 de julio de 2004, se le corre traslado del negocio por el término de quince (15) días al Lcdo. CRISPULO LEOTEAU LEE, para que represente al recurrente y lo asista en la formalización del recurso, si se registra causal legal que lo fundamente.

Vencido el término el Defensor de Oficio presenta su informe, señalando que no se registra causa legal que fundamente la formalización del recurso.

Expuestos los señalamientos anteriores la Sala procede a examinar el contenido del libelo de revisión, no sin antes hacer un llamado de atención al Defensor de Oficio ante el retraso inexcusable en el cumplimiento de su deber.

El señor H. manifestó en la referida nota que quienes lo acusaban querían retirar los cargos, pues los niños que lo inculparon estaban influenciados por su tía que lo odiaba y prometió hacerle daño. Expresa que fue asesorado por sus abogados para que aceptara la culpabilidad de un delito que no cometió (contra el pudor de dos hijastros menores de edad), pues esto le ayudaría en la imposición de la pena.

Colige la Sala que el encartado fundamenta su recurso en la supuesta falsedad de las declaraciones que reposan dentro del proceso. Esta Superioridad en reiteradas ocasiones ha expresado que este recurso no es la vía adecuada para determinar la falsedad de las...

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