Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 7 de Mayo de 2003

PonenteGabriel Elías Fernández M.
Fecha de Resolución 7 de Mayo de 2003
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Conoce esta Sala Penal del recurso de revisión formulado por la Dra. Aura Emérita Guerra de V. en representación de I.A.G.L. dentro del proceso seguido en su contra por delito de Hurto Agravado y Falsificación de Documento Privado, en perjuicio de Arcillas de C.S.A. El Segundo Tribunal Superior de Justicia revocó la sentencia absolutoria No.39 del 6 de abril de 2001, dictada por el Juzgado Décimo Cuarto de Circuito de lo Penal, y en su lugar condenó al procesado, como autor de ambos delitos a la pena de treinta y ocho (38) meses de prisión, e inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por igual período, luego de cumplida la pena.

Sostiene la apoderada judicial que constituye un hecho nuevo que con posterioridad del Fallo confirmado por la Corte al no casar la sentencia del Segundo Tribunal Superior de Justicia, se recobraron documentos y facturas demostrativas donde personas distintas a I.G.L., asumían la expedición, aprobación y recibo de la mercancía que expende arcillas de Chitré S.A.

La defensa técnica aporta entre estos documentos el comprobante del Cheque No.09334 de 23 de enero de 1998 que cancela cinco facturas de Arcillas de Chitré por un monto de catorce mil noventa y cuatro balboas con cuarenta y seis centésimos (B/.14,094.46).

Como pruebas documentales aporta la revisionista lo siguiente:

  1. Sentencia de 25 de julio de 2002 dictada por la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia.

  2. Comprobante de 10 de julio de 2001 expedida por el Segundo Tribunal Superior de Justicia.

  3. Comprobante de pago del Cheque Nº09334 de 23 de Enero de 1998, expedido por P..

  4. Órdenes de compra por el Proyecto Santa Bárbara Nºs.018689, 0200393, 0200392.

  5. Facturas de Venta Nº116929 a nombre de Á.J..

  6. Facturas Nº116885 con Estados de Cuenta a Constructora Diez y D.S.A., de 5 y 31 de Diciembre de 1997.

  7. Denuncia Nº2ª-426-97 presentada al Centro de Recepción de denuncias de la PTJ por I.G..

  8. Listados de dineros y valores apropiados en perjuicio de Arcillas de Chitré, S.A.,

  9. Aducimos copia que contiene el proceso penal contra I.G.L., el cual se encuentra en el Juzgado 14º, Ramo Penal, del Primer Circuito Judicial de Panamá.

    Como pruebas testimoniales la Dra. Aura Emérita Guerra de V., presentó:

  10. El testimonio de E.P.O. con cédula Nº6-43-193 localizable en Chitré,

    Provincia de H..

  11. P.E.V. con cédula Nº7-110-664, localizable en Arcillas de Chitré,sucursal Panamá.

    Procederemos al análisis de la revisión que se solicita. En este...

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