Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 7 de Abril de 1997

PonenteAURA E. GUERRA DE VILLALAZ
Fecha de Resolución 7 de Abril de 1997
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

El Dr. J.A.Q. presentó a la Secretaría de la Sala Segunda de lo Penal, recurso de revisión de la sentencia de 7 de septiembre de 1994, dictada en el proceso penal seguido a JAIME RAIMUNDO MATUTE MAPP por los delitos de homicidio, robo y asociación ilícita.

Señala el recurrente que el medio de impugnación extraordinario presentado, se basa en la causal contenida en el numeral 5º del artículo 2458 del Código Judicial.

Como fundamentos de hecho y de derecho arguye lo siguiente:

"El día 10 de mayo de 1993, en las instalaciones del Banco del Istmo, Sucursal Plaza Carolina, se apersonaron cuatro (4) sujetos con la intención de perpetrar un Robo a Mano Armada contra esas instalaciones. Efectivamente el robo se dio con un saldo inesperado un homicidio en contra del señor J.C.G. derivado del robo. De las sumarias en averiguación se dio graves condiciones fundamentadas en testimonios que supuestamente señalaban cono una (sic) de los partícipes en este hecho al señor J.M.M., ya que este último negó enfáticamente su participación en los hechos y su presencia en el lugar del móvil. La defensa del señor J.M.M., aportó pruebas que demostraban en qué lugar se encontraba J.R.M.M., precisamente cuando se estaba dando el robo en el Banco del Istmo, Sucursal Plaza Carolina, desvinculándolo por completo del ilícito.

Todas las pruebas antes mencionadas fueron descartadas o no tomadas en cuenta por el jurado de conciencia produciendo la condena de 20 años de prisión que más tarde fuera dictada por el Segundo Tribunal Superior de Justicia en contra del señor J.M.M..

En los fallos cuestionados se deja entrever por aquellos que supuestamente reconocieron a J.R.M.M., que no fue la persona que disparara contra el señor C.G., y que sólo supuestamente lo observaron transportando a los asaltantes cosa que ofrece aún más dentro del expediente graves contradicciones jurídicas.

La causal invocada en el presente recurso es la cinco (5) consignada en el artículo 2458 del Código Judicial y se refiere a los hechos manifestados por el S.H.C.Q., quien estando detenido en la antigua Cárcel Modelo junto a nuestro mandante J.R.M.M., le expresó quienes fueron los reales responsables del asalto y homicidio ocurrido en el Banco del Istmo, Sucursal Plaza Carolina el día en cuestión, reafirmando los hechos expuestos por MATUTE, en donde negaba su participación y además demostrando el porqué de las contradicciones y errores, expuestos por los testigos que supuestamente señalaban a...

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