Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 20 de Mayo de 1999

PonenteGRACIELA J. DIXON C
Fecha de Resolución20 de Mayo de 1999
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

El Licdo. A.G.Z.G., mediante memorial presentado a la secretaría general de esta Sala el día 30 de abril de 1999, interpuso formal recurso de revisión a favor de L.V.M. contra la sentencia de 14 de diciembre de 1989, proferida por el Juez Segundo de Circuito Judicial de Veraguas, Ramo Penal, y confirmada por el Tribunal Superior del Segundo Distrito Judicial, por los casos acumulados de Delitos Contra la Fe Pública y la sentencia de 11 de septiembre de 1991, proferida por el Juez Segundo del Circuito de Los Santos, por el mismo delito, imponiéndole la pena de cincuenta y seis (56) meses y ciento catorce (114) meses de prisión, respectivamente, e inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos por el mismo período de las penas principales.

Con el fin de resolver la admisibilidad del recurso extraordinario presentado ante esta corporación de justicia, entramos a considerar el texto del escrito para evidenciar si el recurrente ha dado debido cumplimiento a lo preceptuado en los artículos 2458 y 2459 del Código Judicial.

En primer lugar, se observa que el recurso fue interpuesto mediante memorial dirigido al Magistrado Presidente de la Sala Penal, conforme a lo estatuido en el artículo 102 del Código Judicial.

Advierte la Sala que el recurso indica que se solicita la revisión de dos sentencias por las cuales se condena a un mismo procesado, y se señala cuáles fueron los Tribunales que dictaron los fallos, así como el tipo de delito y la pena impuesta

Si bien es cierto que el recurso extraordinario de revisión va dirigido contra las sentencias ejecutoriadas, es decir, aquellas que hayan hecho tránsito a cosa juzgada, como en el caso que nos ocupa, debemos tener presente que este medio de impugnación se encamina a lograr la reconstrucción de un solo juicio a la vez, con el fin de anular la sentencia que está en firme y que se reputa injusta, por lo que el recurrente debió interponer un recurso separado para cada uno de los procesos, pese a que en ambas causas se tiene como responsable al señor V.M..

Por otra parte, en el escrito se hace referencia a los...

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