Resolución de Gabinete Nº 121 de 8 de octubre de 2007, "QUE EMITE CONCEPTO FAVORABLE A LA ADENDA No. 4 AL CONTRATO No.009-97, PARA LA CONSTRUCCION Y MANTENIMIENTO DE LA CARRETERA PUNTA PEÑA – ALMIRANTE Y EL DISEÑO Y CONSTRUCCION Y MANTENIMIENTO DEL RAMAL A PUNTA ROBALO (PROVINCIA DE BOCAS DEL TORO), A SUSCRIBIRSE ENTRE EL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y LA EMPRESA CONSTRUCTORA URBANA, S.A., PARA PAGAR AL CONTRATISTA COSTOS INDIRECTOS ADICIONALES QUE SE PRODUJERON COMO RESULTADO DE LA PROLONGACION DEL PERIODO DE EJECUCION Y COMO CONSECUENCIA DE LA MEDIDA DE CONTENCION DEL GASTO PUBLICO ADOPTADA POR EL GOBIERNO NACIONAL EN MARZO DE 1999, POR UN MONTO DE B/.1,115,265.40."

RESOLUCIÓN DE GABINETE Nº121

(de 8 de octubre de 2007)

Que emite concepto favorable a la Adenda No.4 al Contrato No.009-97, para la Construcción y Mantenimiento de la Carretera Punta Peña - Almirante y el Diseño y Construcción y Mantenimiento del Ramal a Punta Róbalo (Provincia de Bocas del Toro), a suscribirse entre el Ministerio de Obras Públicas y la empresa Constructora Urbana, S.A., para pagar al contratista costos indirectos adicionales que se produjeron como resultado de la prolongación del período de ejecución y como consecuencia de la medida de contención del gasto público adoptada por el Gobierno Nacional en marzo de 1999, por un monto de B/.1,115,265.40

EL CONSEJO DE GABINETE,

en uso de sus facultades constitucionales y legales,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Contrato No.009-97, el Ministerio de Obras Públicas contrató, con la empresa Constructora Urbana, S.A., la Construcción y Mantenimiento de la Carretera Punta Peña Almirante y el Diseño, Construcción y Mantenimiento del Ramal a Punta Róbalo, Provincia de Bocas del Toro, con un término de ejecución de treinta (30) meses calendario, contado a partir de la orden de proceder;

Que mediante la Nota No. DM-152, de 26 de marzo de 1999, el Ministerio de Obras Públicas le comunicó a la empresa Constructora Urbana, S.A., la decisión del Gobierno Nacional de establecer un Plan de Contención del Gasto Público y fijó en siete millones ochocientos cincuenta y siete mil balboas con 00/100 (B/.7,857,000.00) la partida autorizada en el presupuesto ajustado, como límite del valor de las obras que podrían ejecutarse durante el ejercicio fiscal 1999 y se le ordenó ajustar su programa de trabajo al límite establecido;

Que en la nota en referencia se fija en B/.7,857,000.00 la partida autorizada en el presupuesto ajustado, como límite del valor de las obras que podían ejecutarse durante el ejercicio fiscal 1999. De igual manera, se ordena al contratista ajustar su programa de trabajo al monto de los gastos autorizados para ese período presupuestario;

Que, al momento de establecerse el Plan de Contención del Gasto Público, la empresa Constructora Urbana, S.A., ya había efectuado trabajos que alcanzaron un monto total de siete millones setecientos setenta y cinco mil seiscientos veinticuatro balboas con 00/100 (B/.7,775,624.00) es decir que, a esa fecha, ya había realizado trabajos por un valor aproximado al total de la partida presupuestaria ajustada, para el período fiscal 1999;

Que, de acuerdo con el programa de trabajo y el ritmo de avance, según se determina en el valor promedio de las cuentas mensuales presentadas por el contratista, al momento de adoptarse las medidas de Contención del Gasto Público, la terminación y entrega de la obra estaba programada en un período no mayor de seis (6) meses, lo cual era consecuente con el término establecido en el contrato de obra;

Que, debido a la medida de contención del gasto público...

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