Resolución Nº AN No. 207-RTV de 8 de agosto de 2006, POR LA CUAL SE RESUELVE LA SOLICITUD DE CONCESION TIPO B SIN ASIGNACION DE FRECUENCIAS PRINCIPALES FORMULADA POR LA EMPRESA COMPAÑIA DE COMUNICACIONES, S.A., PARA PRESTAR EL SERVICIO DE TELEVISION PAGADA EN EL CORREGIMIENTO DE SAN FRANCISCO, CIUDAD DE PANAMA

República de Panamá

AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PUBLICOS

Resolución No. AN No-207-RTV Panamá, 8 de agosto de 2006

Por la cual resuelve la solicitud de Concesión Tipo B sin asignación de frecuencias principales formulada por la empresa COMPAÑÍA DE COMUNICACIONES, S.A., para prestar el servicio de Televisión Pagada en el Corregimiento de San Francisco, ciudad de Panamá

EL ADMINISTRADOR GENERAL

en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante el Decreto Ley No. 10 de 22 de febrero de 2006, se reestructuró el Ente Regulador de los Servicios Públicos bajo el nombre de Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, como organismo autónomo del Estado, con competencia para regular y controlar la prestación de los servicios públicos de abastecimiento de agua potable, alcantarillado sanitario, electricidad, telecomunicaciones, radio y televisión, así como la transmisión y distribución de gas natural;

  2. Que la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, con fundamento en el Artículo 34 del Decreto Ley No. 10 de 22 de febrero de 2006, sustituyó al Ente Regulador de los Servicios Públicos en todos sus derechos, facultades, obligaciones y funciones;

  3. Que mediante Ley No. 24 de 30 de junio de 1999, reglamentada por los Decretos Ejecutivos No. 189 de 13 de agosto de 1999 y No. 111 de 9 de mayo de 2000, se establece el régimen jurídico que regula los servicios públicos de radio y televisión;

  4. Que el artículo 8 de la Ley No. 24 de 1999, clasifica como servicio público de radio y televisión Tipo B, aquel para cuya operación y explotación no se requiere de asignación de frecuencias principales por parte de la Autoridad Reguladora;

  5. Que el citado artículo 8 de la Ley No. 24 de 1999, dispone que la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, debe abrir a concesiones la prestación de los servicios de radio y televisión Tipo B, en tres períodos distintos durante cada año calendario, por lo que, actuando de conformidad con dicha norma y en congruencia con el artículo 111 del Decreto Ejecutivo No. 189 de 1999, esta Autoridad Reguladora mediante Resolución No. JD-5707 de 7 de diciembre de 2005, fijó los períodos para solicitar en el año 2006, concesiones para prestar servicios públicos de radio y televisión Tipo B;

  6. Que dentro del período fijado del 5 al 9 de junio de 2006, la empresa COMPAÑÍA DE COMUNICACIONES, S.A., le solicitó a esta Autoridad Reguladora una concesión Tipo B, sin asignación de frecuencia principal, para proporcionar el servicio de Televisión Pagada en el Corregimiento de San Francisco, ciudad de Panamá;

  7. Que el Decreto Ejecutivo No.189 de 13 de agosto de 1999, reglamentario de la Ley No.24, dispone en los artículos 113 y 114, que las concesiones para los servicios públicos de radio y televisión Tipo B, se otorgarán sin requisito de Licitación Pública a todo aquel interesado, siempre que cumpla con la debida presentación de los formularios y requisitos de solvencia y capacidad financiera y capacidad y experiencia técnica y administrativa, que contempla dicho reglamento;

  8. Que con la solicitud presentada, la empresa COMPAÑÍA DE COMUNICACIONES, S.A., aportó los siguientes documentos, necesarios para acreditar los requisitos que demuestran cabalmente y sin lugar a dudas, que cumple con los requisitos que la califican para adquirir una Concesión de Servicios Públicos Tipo B:

    8.1 Copia autenticada del Pacto Social de la peticionaria, COMPAÑÍA DE COMUNICACIONES, S.A., en la que se observa que su capital social, es de cien (100) acciones comunes o nominativas con valor nominal de cien (100) balboas cada una.

    8.2 Certificación del Registro Público donde consta quienes son los directores y dignatarios de la peticionaria COMPAÑÍA DE...

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