Resolución Nº AN N°2169-RTV de 31 de octubre de 2008, 'POR LA CUAL SE NIEGA LA SOLICITUD DE CAMBIO DE SITIO DE TRANSMISIÓN DEL CERRO TABOGA HACIA CERRO CANAJAGUA PRESENTADA POR LA CONCESIONARIA SISTEMA ESTATAL DE RADIO Y TELEVISIÓN (SERTV), FRECUENCIA 102.5 MHZ.'

REPÚBLICA DE PANAMÁ

AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

Resolución AN No.2169-RTV Panamá, 31 de octubre de 2008

"Por la cual se niega la solicitud de cambio de sitio de transmisión del Cerro Taboga hacia Cerro Canajagua presentada por la concesionaria SISTEMA ESTATAL DE RADIO Y TELEVISIÓN (SERTV), Frecuencia 102.5 MHz."

EL ADMINISTRADOR GENERAL

en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Decreto Ley No. 10 de 22 de febrero de 2006, se reestructura el Ente Regulador de los Servicios Públicos, bajo el nombre de Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, como organismo autónomo del Estado, con competencia para regular y controlar la prestación de los servicios públicos de abastecimiento de agua potable, alcantarillado sanitario, electricidad, telecomunicaciones, radio y televisión, así como la transmisión y distribución de gas natural;

  2. Que mediante Ley No. 24 de 30 de junio de 1999, reglamentada en los Decretos Ejecutivos No. 189 de 13 de agosto de 1999 y No. 111 de 9 de mayo de 2000, se establece el régimen jurídico que regula los servicios públicos de radio y televisión;

  3. Que de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 4 de la Ley No. 24 de 1999 y 36, 43 y 54 del Decreto Ejecutivo No. 189 de 1999, los concesionarios de los servicios públicos de radio y televisión están obligados a respetar los parámetros técnicos establecidos en su concesión, y sólo podrán modificarlos, previa autorización de la Autoridad Reguladora, siempre y cuando los cambios solicitados no alteren el área geográfica de cobertura permisible y no causen interferencias perjudiciales a otros usuarios del Espectro Radioeléctrico;

  4. Que mediante Resolución AN No. 1375-RTV de 17 de diciembre de 2007, la Autoridad Reguladora fijó un período comprendido del 1 al 5 de septiembre de 2008, para que los concesionarios de los servicios públicos de radio y televisión pudiesen solicitar la modificación de los siguientes parámetros técnicos: cambio de sitios de transmisión, aumento de potencia, cambios de antenas y disminución del área geográfica de cobertura;

  5. Que tal como consta en el acta de cinco (5) de septiembre de 2008, SISTEMA ESTATAL DE RADIO Y TELEVISIÓN (SERTV), concesionaria del servicio de Radio Abierta Tipo B (Servicio 901), solicitó la aprobación de esta Autoridad Reguladora, para trasladar el sitio de transmisión localizado en Cerro Taboga, provincia de Coclé, frecuencia 102.5 MHz, hacia el Cerro Canajagua, provincia de Los Santos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR