Resolución Nº AN No. 470 RTV de 15 de diciembre de 2006, "POR LA CUAL SE ESTABLECEN LOS PERIODOS PARA SOLICITAR, DURANTE EL AÑO 2007, CONCESIONES TIPO B, SIN ASIGNACION DE FRECUENCIA PRINCIPALES, PARA PRESTAR SERVICIOS PUBLICOS DE RADIO Y/O TELEVISION PAGADA"

República de Panamá

LA AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

Resolución AN No. 470 RTV Panamá, 15 de diciembre de 2006.

Por la cual se establecen los períodos para solicitar, durante el año 2007, Concesiones Tipo B, sin asignación de frecuencias principales, para prestar Servicios Públicos de Radio y/o Televisión Pagada.

EL ADMINISTRADOR GENERAL

en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Ley No. 10 de 22 de febrero de 2006, se reestructuró el Ente Regulador de los Servicios Públicos, bajo el nombre de Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, como organismo autónomo del Estado, con competencia para regular y controlar la prestación de los servicios públicos de abastecimiento de agua potable, alcantarillado sanitario, electricidad, telecomunicaciones, radio y televisión, así como la transmisión y distribución de gas natural;

Que mediante Ley No. 24 de 30 de junio de 1999, reglamentada en los Decretos Ejecutivos No. 189 de 13 de agosto de 1999 y No. 111 de 9 de mayo de 2000, se establece el régimen jurídico que regula los servicios públicos de radio y televisión;

Que es función de la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos otorgar en nombre del Estado, las concesiones, licencias y autorizaciones para prestar los servicios públicos de radio y televisión y velar por la eficaz utilización de las frecuencias asignadas a cada una de las concesiones que sean otorgadas para estos servicios;

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley No. 24 de 1999, la Autoridad Reguladora otorgará las concesiones para prestar servicios de radio y televisión Tipo B que no requieren asignación de frecuencias principales del Espectro Radioeléctrico, mediante Resolución motivada, siempre que las solicitudes sean oportunamente presentadas, y que el solicitante cumpla con todos los requisitos que para este efecto, establecen la Ley, su reglamento y las resoluciones emitidas por esta Autoridad Reguladora;

Que el artículo 111 del Decreto Ejecutivo No. 189 de 1999, establece que la Autoridad Reguladora deberá expedir una Resolución en los meses de diciembre de cada año, en la cual fijará tres (3) períodos para que los interesados puedan solicitar Concesiones Tipo B sin asignación de frecuencias principales, y que dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha en que la Resolución quede ejecutoriada, los períodos así establecidos, deberán ser publicados en dos (2) diarios de circulación nacional por tres (3)...

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