Resolución Nº AN No. 032-RTV de 31 de mayo de 2006, POR LA CUAL SE RESUELVE LA SOLICITUD PRESENTADA POR LA CONCESIONARIA COMUNICACION DE MASSAS, S.A.

República de Panamá

Resolución AN N° 032-RTV Panamá, 31 de mayo de 2006.

Por la cual se resuelve la solicitud presentada por la concesionaria COMUNICACIÓN DE MASSAS, S.A.

LA AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Ley No. 10 de 22 de febrero de 2006, se reestructura el Ente Regulador de los Servicios Públicos, bajo el nombre de Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, como organismo autónomo del Estado, con competencia para regular y controlar la prestación de los servicios públicos de abastecimiento de agua potable, alcantarillado sanitario, electricidad, telecomunicaciones, radio y televisión, así como la transmisión y distribución de gas natural;

Que la Ley No. 24 de 30 de junio de 1999, reglamentada en los Decretos Ejecutivos No. 189 de 13 de agosto de 1999 y No. 111 de 9 de mayo de 2000, constituye el régimen jurídico que regula los servicios públicos de radio y televisión;

Que es función de esta Autoridad Reguladora otorgar en nombre del Estado, las concesiones, licencias, autorizaciones para prestar los servicios públicos de radio y televisión y velar por la eficaz utilización de las frecuencias asignadas a cada una de las concesiones que sean otorgadas para estos servicios;

Que a través de la Resolución No. JD-2248 de 7 de agosto de 2000, este Organismo Regulador reconoció para todos los efectos legales, el derecho de concesión otorgado por el Ministerio de Gobierno y Justicia a la concesionaria COMUNICACIÓN DE MASSAS, S.A., mediante Resuelto No. 304 de 29 de junio de 1999, para instalar equipos e iniciar transmisiones en la frecuencia 590 Khz;

Que con el propósito de resolver los problemas de interferencias perjudiciales que confrontaba la empresa COMUNICACIÓN DE MASSAS, S.A. en la frecuencia 590 Khz, se le reasignó, por medio de la Resolución No. JD-4186 de 29 de agosto de 2003, la frecuencia 1240 Khz en la banda de Amplitud Modulada;

Que en la citada resolución se advirtió a la concesionaria COMUNICACIÓN DE MASSAS, S.A. que tenía un periodo de noventa (90) días calendario a partir de la notificación, para realizar los ajustes técnicos necesarios para la operación de la frecuencia 1240 Khz dentro de la provincia de Panamá;

Que la empresa COMUNICACIÓN DE MASSAS, S.A., presentó el 19 de abril de 2006, ante esta Entidad Reguladora, una nota a través de la cual comunica que los fabricantes en Chile le han informado que les ha sido imposible adaptar el...

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