Resolución Nº AN N°1681-RTV de 5 de mayo de 2008, 'POR MEDIO DE LA CUAL SE AUTORIZA A LA CONCESIONARIA SISTEMA RADIAL PANAMÁ, S.A., PARA MODIFICAR LOS PARÁMETROS TÉCNICOS DE LA FRECUENCIA 960 KHZ, QUE OPERA DESDE LA PROVINCIA DE PANAMÁ'

REPÚBLICA DE PANAMÁ

AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

Resolución AN No. 1681-RTV Panamá, 5 de mayo de 2008

"Por medio de la cual se autoriza a la concesionaria SISTEMA RADIAL PANAMÁ, S.A., para modificar los parámetros técnicos de la frecuencia 960 KHz, que opera desde la provincia de Panamá."

EL ADMINISTRADOR GENERAL

en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Decreto Ley No.10 de 22 de febrero de 2006, se reestructura el Ente Regulador de los Servicios Públicos, bajo el nombre de Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, como organismo autónomo del Estado, con competencia para controlar, regular y fiscalizar la prestación de los servicios públicos de electricidad, agua potable, alcantarillado sanitario, telecomunicaciones, radio y televisión, así como los de transmisión y distribución de gas natural;

  2. Que a través de la Ley No.24 de 30 de junio de 1999, reglamentada en los Decretos Ejecutivos No.189 de 13 de agosto de 1999 y 111 de 9 de mayo de 2000, se establece el régimen jurídico aplicable que regula los servicios públicos de radio y televisión;

  3. Que de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 4 de la Ley 24 de 1999 y 36, 43 y 54 del Decreto Ejecutivo 189 de 1999, los concesionarios de los servicios públicos de radio y televisión están obligados a respetar los parámetros técnicos establecidos en su concesión, y sólo podrán modificarlos, previa autorización de la Entidad Reguladora, siempre y cuando los cambios solicitados no alteren el área geográfica de cobertura permisible y no causen interferencias perjudiciales a otros usuarios del Espectro Radioeléctrico;

  4. Que mediante Resolución AN No. 1375-RTV de 17 de diciembre de 2007, esta Entidad fijó del 3 al 7 de marzo de 2008, el segundo período para que los concesionarios de los servicios públicos de radio y televisión pudiesen solicitar la modificación de los siguientes parámetros técnicos: cambios de sitio de transmisión, aumento de potencia, cambios de antena y disminución del área geográfica de cobertura;

  5. Que tal como consta en el acta de 7 de marzo de 2008, el SISTEMA RADIAL PANAMÁ, S.A., concesionaria del Servicio de Radio Abierta Tipo A (No. 801), que opera en la frecuencia 960 KHz, solicitó autorización de esta Entidad Reguladora para trasladar el sitio de transmisión localizado en Juan Díaz, con coordenadas 09º 01' 49'' latitud norte y 79º 27' 25'' longitud oeste, hacia San Pedro No. 2, perteneciente a la provincia de Panamá, cuyas...

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