Resolución Nº AN No. 1245 RTV de 26 de octubre de 2007, "POR LA CUAL SE CONCEDE PLAZO A LA CONCESIONARIA ZAHITA, S.A. PARA REINICIAR TRANSMISIONES EN LA FRECUENCIA 1160 KHZ"

República de Panamá

AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

Resolución AN No. 1245 RTV Panamá, 26 de octubre de 2007.

"Por la cual se concede plazo a la concesionaria ZAHITA, S.A. para reiniciar transmisiones en la frecuencia 1160 KHz"

LA AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS,

en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Ley No. 10 de 22 de febrero de 2006, se reestructura el Ente Regulador de los Servicios Públicos, bajo el nombre de Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, como organismo autónomo del Estado, con competencia para regular y controlar la prestación de los servicios públicos de abastecimiento de agua potable, alcantarillado sanitario, electricidad, telecomunicaciones, radio y televisión, así como la transmisión y distribución de gas natural;

Que mediante Ley No. 24 de 30 de junio de 1999, reglamentada en los Decretos Ejecutivos No. 189 de 13 de agosto de 1999 y No. 111 de 9 de mayo de 2000, se establece el régimen jurídico que regula los servicios públicos de radio y televisión;

Que es función de esta Autoridad Reguladora otorgar en nombre del Estado, las concesiones, licencias, autorizaciones para prestar los servicios públicos de radio y televisión y velar por la eficaz utilización de las frecuencias asignadas a cada una de las concesiones que sean otorgadas para estos servicios;

Que a través de la Resolución No JD-2132 de 3 de agosto de 2000, este Organismo Regulador reconoció para todos los efectos legales, el derecho de concesión otorgado por el Ministerio de Gobierno y Justicia a la concesionaria ZAHITA, S.A., mediante Resuelto No. 219 de 3 de abril de 1992, para la operación y explotación de la frecuencia 1160 KHz;

Que el artículo 29 del Decreto Ejecutivo No. 189 de 13 de agosto de 1999, que reglamenta la Ley No. 24 de 1999, señala que las transmisiones de los concesionarios de servicio públicos de radio y televisión no podrán interrumpirse o suspenderse por periodos mayores de treinta (30) días calendarios, sin autorización de esta Autoridad Reguladora;

Que mediante nota se comunicó a esta Autoridad Reguladora que las instalaciones ubicadas en la Urbanización Orillac, donde se encontraban los equipos (transmisores, cajas de sintonías, enlaces, entre otros) de Radio Metrópolis 1160 A.M., Radio La Voz de Panamá 1060 A.M., Radio 1240 A.M. y el Equipo por instalar en Chiriquí de los 97.1 F.M., fueron vandalizadas, por lo que se solicitó se realizaran los trámites pertinentes para...

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