Decreto Nº 1335 de 2 de diciembre de 2008, 'POR EL CUAL SE ESTABLECE LA RUTA DE LA PARADA DE NAVIDAD 2008 'NAVIDAD EN PANAMA', SE DICTAN ALGUNAS DISPOSICIONES Y SE ADOPTAN MEDIDAS DE SEGURIDAD'.

ALCALDÍA DE PANAMA

DECRETO Nº 1335

De 2 de diciembre de 2008

Por el cual se establece la ruta de la Parada de Navidad 2008

"Navidad en Panamá", se dictan algunas disposiciones y se

adoptan medidas de seguridad

EL ALCALDE DEL DISTRITO DE PANAMÁ

en uso de sus facultades legales,

C O N S I D E R A N D O:

Que la Alcaldía de Panamá y la Empresa Privada se unen al regocijo de la celebración de las fiestas navideñas organizando la Parada de Navidad 2008 "Navidad en Panamá" como un obsequio a la niñez, la juventud y al pueblo panameño;

Que el día domingo 14 de diciembre se realizará en la Ciudad de Panamá el desfile de carros alegóricos y bandas musicales denominado Gran Parada de Navidad 2008 "Navidad en Panamá";

Que para garantizar y mantener el orden en la ruta de la Parada de Navidad 2008 "Navidad en Panamá" se deben adoptar medidas de seguridad y salubridad que permitan el desarrollo normal de dicha actividad;

Que es deseo y la voluntad de la Administración Municipal que la Parada de Navidad 2008 "Navidad en Panamá" se revista de entusiasmo, alegría y colorido, para celebrar con la participación ciudadana este acontecimiento de paz y cariño entre los seres humanos;

D E C R E T A:

ARTICULO PRIMERO

El recorrido de la Parada de Navidad 2008 "Navidad en Panamá", se inicia en el Parque Urraca, continúa por la Avenida Balboa hasta su intersección con la Ave. Aquilino de Guardia, sube por Calle 50 y finaliza en el cruce de Calle 50 con la Avenida Cincuentenario.

ARTICULO SEGUNDO

Se prohíbe el estacionamiento y circulación de vehículos en la ruta establecida en el artículo primero, desde las 10:00 a.m. del día 13 de diciembre hasta las 12:00 m. del día 14 de diciembre de 2008.

La Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional queda facultada para la remoción de los vehículos estacionados en la ruta oficial del desfile, en las horas y fechas aquí establecidas.

ARTICULO TERCERO

Para los efectos de la disciplina y la vistosidad de las actividades, se colocará un doble listón amarillo el cual establecerá la separación de la vía por donde transitarán los carros alegóricos.

ARTICULO CUARTO

Los estacionamientos comerciales de la ruta oficial del desfile podrán utilizarse para la colocación de gradas y puestos de ventas.

Las gradas...

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