Resolución S.B.P. Nº 089-2006 de 29 de agosto de 2006, OTORGAR A SCOTIABANK PERU, S.A.A. SUCURSAL PANAMA, LICENCIA INTERNACIONAL PARA DIRIGIR, DESDE UNA OFICINA ESTABLECIDA EN PANAMA, TRANSACCIONES QUE SE PERFECCIONEN, CONSUMAN O SURTAN SUS EFECTOS EN EL EXTERIOR, Y REALIZAR AQUELLAS OTRAS ACTIVIDADES QUE LA SUPERINTENDENCIA AUTORICE

República de Panamá

Superintendencia de Bancos

RESOLUCIÓN S. B. P. No. 089-2006

(de 29 de agosto de 2006)

EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que, esta Superintendencia de Bancos, mediante Resolución S.B.P. No. 060-2006 de 10 de agosto de 2006, otorgó a SCOTIABANK PERÚ, S.A.A. SUCURSAL PANAMÁ, Permiso Temporal por término de noventa (90) días, para llevar a cabo la protocolización e inscripción en el Registro Público de Panamá de los documentos relacionados a su constitución como sociedad extranjera, para posteriormente solicitar Licencia Internacional;

Que, SCOTIABANK PERÚ, S.A.A. SUCURSAL PANAMÁ, ha solicitado, por intermedio de Apoderados Especiales, le sea concedida Licencia Internacional definitiva, de conformidad con las disposiciones del Decreto Ley No. 9 de 26 de febrero de 1998;

Que, SCOTIABANK PERÚ, S.A.A. SUCURSAL PANAMÁ está organizada bajo las leyes de la República de Perú, e inscrita formalmente en la Sección Mercantil del Registro Público de Panamá a la Ficha S.E. 1265, Documento 999514, desde el 22 de agosto de 2006;

Que, dentro de la solicitud de Licencia a favor de SCOTIABANK PERÚ, S.A.A. SUCURSAL PANAMÁ, y en cumplimiento de las disposiciones del Decreto Ley No. 9 de 1998 y el Acuerdo No. 3-2001 de 5 de septiembre de 2001, se verificó la identidad de los accionistas principales, la idoneidad del cuerpo administrativo en base a su experiencia, integridad e historial profesional; se verificó que el solicitante cumple con el requisito mínimo exigido por nuestra legislación y se determinó el origen de los fondos y el carácter adicional de dichos recursos; asimismo, se analizó el Plan de Negocios en el cual se demuestra la viabilidad del Banco y de su Grupo, así como su aporte a la economía panameña;

Que, SCOTIABANK PERÚ, S.A.A. SUCURSAL PANAMÁ, ha consignado en el Banco Nacional de Panamá, el depósito restringido por la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BALBOAS (B/...

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