Resolución S.B.P. Nº 060-2006 de 10 de agosto de 2006, OTORGAR PERMISO TEMPORAL, POR EL TERMINO DE NOVENTA (90) DÍAS A SCOTIABANK PERU, S.A. SUCURSAL PANAMA (EN FORMACION), PARA PROTOCOLIZAR E INSCRIBIR EN EL REGISTRO PUBLICO DE PANAMA LOS DOCUMENTOS RELATIVOS A SU CONSTITUCIÓN, PARA POSTERIORMENTE SOLICITAR LICENCIA INTERNACIONAL

República de Panamá

Superintendencia de Bancos

RESOLUCIÓN S. B. P. No. 060-2006

(de 10 de agosto de 2006)

EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que en su condición de Promotor, SCOTIABANK PERÚ, S.A. sociedad constituida de acuerdo a las leyes de la República de Perú, y debidamente autorizado para operar como banco en dicho país, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley No. 9 de 26 de febrero de 1998 y el Acuerdo 3-2001 de 5 de septiembre de 2001 de la Superintendencia de Bancos, ha presentado, por intermedio de Apoderado Especial, solicitud de Permiso Temporal para protocolizar ante Notario Público e inscribir en el Registro Público de Panamá su Pacto Social como sociedad extranjera, bajo el nombre de SCOTIABANK PERÚ, S.A. SUCURSAL PANAMÁ (en formación), para posteriormente solicitar Licencia Internacional;

Que dentro de la solicitud de Licencia Internacional a favor de SCOTIABANK PERÚ, S.A. SUCURSAL PANAMÁ (en formación), se verificó la identidad de los accionistas principales, la idoneidad del cuerpo administrativo en base a su experiencia, integridad e historial profesional; se verificó que el solicitante cumple con el requisito mínimo exigido por nuestra legislación y se determinó el origen de los fondos y el carácter adicional de dichos recursos; asimismo, se analizó el Plan de Negocios en el cual se demuestra la viabilidad del Banco y de su Grupo, así como su aporte a la economía panameña;

Que bajo los criterios de análisis previstos para la solicitudes de Permiso...

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