Resolución Nº 201-1368 de 7 de mayo de 2008, "POR LO CUAL SE DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN 201-4255 DE 26 DE DICIEMBRE DE 2007 Y SE DICTA EL PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA EFECTUAR PAGOS EN LAS ADMINISTRACIONES PROVINCIALES DE INGRESOS Y A TRAVÉS DE LA RED BANCARIA DE PANAMÁ".

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS

RESOLUCIÓN No. 201-1368

(De 7 de mayo de 2008)

"Por lo cual se deja sin efecto la Resolución 201-4255 de 26 de diciembre de 2007 y se dicta el procedimiento a seguir para efectuar pagos en las Administraciones Provinciales de Ingresos y a través de la Red Bancaria de Panamá."

EL DIRECTOR GENERAL DE INGRESOS

En ejercicio de sus facultades legales,

C O N S I D E R A N D O:

Que los artículos 5 y 6 del Decreto 109 de 7 de mayo de 1970, establece que el Director General de Ingresos, está facultado para dictar normas generales obligatorias para regular las relaciones formales de los contribuyentes con el fisco, en aras de mejorar el servicio y facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, en cuanto a sus modalidades, formas, lugar y pagos de sus tributos.

Que la Dirección General de Ingresos en coordinación con el Sector Bancario, ha puesto al servicio de los contribuyentes, la facilidad del pago de Tributos Nacionales a través de los Bancos Afiliados al "Servicio de Cobros de Impuestos", los cuales aparecen listados en la página de Internet de esta Dirección: www.dgi.gob.pa.

Que a través de la Resolución 201-4255 de 26 de diciembre de 2007, este Despacho estableció los medios de pago de los Tributos Nacionales aceptados en las ventanillas de las Administraciones Provinciales de Ingresos.

Que se hace necesario dictar nuevamente este procedimiento a fin de aplicarlo uniformemente en todas las Administraciones Provinciales del país.

En consecuencia,

R E S U E L V E:

PRIMERO: DEJAR SIN EFECTO la Resolución 201-4255 de 26 de diciembre de 2007, publicada en la Gaceta Oficial Digital Nº 25,956 de 11 de enero de 2008.

SEGUNDO: INFORMAR a todos los contribuyentes que se recibirán pagos de Tributos Nacionales, así como cualquier otro pago al Tesoro Nacional ante las Cajas de las Administraciones Provinciales de Ingresos, a través de los siguientes instrumentos:

  1. Cheques Certificados y/o Cheques de Gerencia girados a favor del Tesoro Nacional de conformidad con lo establecido en la Resolución Nº 201-1210 de 2004.

  2. ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR