Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 19 de Septiembre de 1997

PonenteAURA E. GUERRA DE VILLALAZ
Fecha de Resolución19 de Septiembre de 1997
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

Procedente del Tribunal Superior del Segundo Distrito Judicial se recibió en la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, el expediente que contiene el proceso penal seguido a RAFAEL FIGUEROA TROYA por el delito de homicidio en la persona de R.H., a objeto de que se surta la alzada, en virtud del recurso de apelación anunciado por el procesado y sustentado por su abogada defensora.

LA SENTENCIA APELADA

El 25 de Junio de 1997, el Tribunal Superior del Segundo Distrito Judicial, después de celebrada la audiencia en derecho a petición del imputado, dictó la sentencia correspondiente, mediante la cual condenó a R.F.T. a la pena de catorce (14) años de prisión y a la accesoria de ocho (8) años de inhabilitación para ejercer funciones públicas una vez cumplida la pena principal.

Consideró como hechos probados, la muerte de la menor de 16 años de edad, R.H.Q. o R.A.Q. por perforación del corazón mediante herida punzo -cortante penetrante en el hemitórax izquierdo y Lesiones en el cráneo, las cuales le fueron infligidas por R.F.T. en presencia de la señora F.Q.J. y la menor M.C.H..

Respecto al grado de responsabilidad, partió de la declaración de aceptación y autoría de los hechos de parte del procesado, corroborada por las diligencias de reconocimiento y levantamiento de un cadáver (fs. 17-42), el protocolo de necropsia (fs. 124-130), las vistas fotográficas del lugar y del cadáver con la diligencia de inspección ocular y recolección de evidencias (fs. 49-54), las certificaciones provenientes de la Dirección General del Registro Civil en las que consta el nacimiento y la defunción de la joven R. y las declaraciones de las testigos del hecho, permitieron establecer la existencia plena del hecho punible y la responsabilidad penal del inculpado, a quien al ser examinado por el médico psiquiatra forense dictaminó su imputabilidad y la ausencia de alteraciones en sus facultades mentales al momento de ejecutar el homicidio de la menor R.H., pues está dotado de inteligencia normal aunque con una personalidad agresiva.

ALEGATO DE LA RECURRENTE

En el escrito de sustentación de la apelación, la abogada defensora señala su disconformidad con la pena aplicable a su representado, basada en tres puntos:

  1. Se trata de un delincuente primario, que actuó impulsado por los celos.

  2. El dictamen médico-forense que señala que la occisa era virgen y no presenta indicadores de relaciones sexuales antiguas o recientes, no descarta la posibilidad del himen...

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