Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 2 de Octubre de 1996

PonenteJOSÉ MANUEL FAÚNDES
Fecha de Resolución 2 de Octubre de 1996
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Para que sea resuelta la alzada, ha ingresado a la Sala Penal de la Corte Suprema, la sentencia condenatoria dictada en el proceso seguido a L.A.D., sindicado por el delito de homicidio en perjuicio de H.M.M..

En audiencia pública celebrada el diecisiete (17) de agosto de 1994, un jurado de conciencia encontró culpable a DOMÍNGUEZ del cargo que se le imputa; y mediante sentencia fechada primero (1) de agosto de 1995, el Segundo Tribunal Superior de Justicia lo condenó a la pena principal de dieciocho (18) años de prisión y a la pena accesoria de nueve (9) años de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas una vez cumplida la pena principal. Para dosificar la pena, el tribunal tomó en cuenta, además de los parámetros establecidos en el artículo 56 del Código Penal, que el procesado al momento del hecho era mayor de edad, que actuó con ventaja, no hubo justificación para tal conducta y el occiso no provocó la agresión.

La apelación fue sustentada tanto por el abogado defensor como por el propio procesado. Éste último indica en su manuscrito que considera injusta y exagerada la condena pues fue dictada en ausencia; que solo fue testigo del homicidio de H.M. cuando un sujeto desconocido para él le disparó. Continúa relatando DOMÍNGUEZ que cuando él llegó el día de los hechos al supermercado "Hermanos M.", se encontró con un sujeto que al parecer estaba drogado y le invitó a robar al señor que estaba despachando, a lo cual D. le respondió que él no quería hacer eso; asegura haber observado que el sujeto traía un arma, la cual cargó con balas sobre el mostrador del establecimiento, dejando allí uno de los proyectiles que él (DOMÍNGUEZ) tomó para advertirle al señor M. del peligro; que cuando el señor M. salió, hubo un forcejeo entre él y el sujeto, y que segundos después éste le disparó, cayendo el señor M. al suelo y que allí fue donde él (DOMÍNGUEZ) se manchó de sangre. Afirma que se asustó mucho con lo sucedido y que por ello salió corriendo del lugar y se escondió; que fue conducido al Tutelar de Menores ya que solo tenía 17 años y que de allí se fugó porque tenía miedo del asesino y de la policía; reconoce haber cometido un error al huir en lugar de demostrar su inocencia.

Por su parte, el abogado defensor de L.A.D., el Licenciado J.F.H.C. sustenta su inconformidad con la sentencia indicando, básicamente lo siguiente: -que el motivo del hecho no fue el homicidio sino el robo; que el estado mental de su defendido no le...

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