Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 11 de Junio de 1996

PonenteJOSÉ MANUEL FAÚNDES
Fecha de Resolución11 de Junio de 1996
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Ha ingresado a la Sala de lo Penal de la Corte Suprema, en grado de apelación, el proceso en el que un jurado de conciencia encontró culpables a R.A.L.K. y a ALDO AMAYA SALAZAR; al primero, por el delito de homicidio y robo, y al segundo por el de robo.

El Segundo Tribunal Superior de Justicia sentenció a LINDO KING a la pena principal de veinte (20) años de prisión, y la accesoria de inhabilitación para ejercer cargos públicos por igual período, luego de cumplida la pena principal; mientras que a A.S. lo condenó a una pena principal de seis (6) años de prisión, y la accesoria de inhabilitación para ejercer cargos públicos por igual período, luego de cumplida la pena principal.

Entonces, tanto R. LINDO como su abogado defensor, la Licda. M.R.M., Defensora de Oficio, interpusieron recurso de apelación contra la mencionada sentencia, por un lado; y A.A.S., así como su defensor, L.. L.C.A., Defensor de Oficio, solicitaron la libertad de éste, basados en que A.S. ya cumplió su pena.

La Sala examinará entonces la apelación interpuesta por la representante de LINDO KING, y luego la petición de ALDO AMAYA SALAZAR.

Los antecedentes del caso revelan que el lunes 21 de mayo de 1990, alrededor de las 2:30 p. m., se escenificó un intento de robo en el local comercial denominado "POLLO RICA", ubicado entre calle 12 y Ave. D.D..

Llegaron al local cuatro (4) jóvenes, cuyos nombres son R.A.L.K., A.A.S., JULIO A.S.Á., y el menor R.M.B.G. o GRANNUM.

Manifestó el apelante, que estando en calle 11 y Avenida Meléndez, en compañía de los otros tres involucrados, acordaron cometer el robo en el kiosco "POLLO RICA".

Confesó el justiciado haberle disparado al dependiente del establecimiento H.G.C. ya que cuando entraron los 4 en el kiosco, empezaron a molestarlo; pero éste quiso atacarlo con un machete para defenderse, y le quería tirar encima una pared de playwood, pero él había sacado un revólver que tenía en el cinto, le apuntó y le disparó.

El oriental empezó a gritar, y ellos salieron corriendo de allí por el segundo callejón de la calle D.D., hacia calle 8 M..

También señaló LINDO KING que luego le entregó el revólver a JULIO SÁNCHEZ quien lo negó en su declaración indagatoria, que era de propiedad de R.A.D.M. (a) "PANGACHO".

Además, indicó que el menor R.B. tenía un cuchillo con cacha de venado, siendo ambos los únicos armados; y, finalmente, dijo que el motivo de ir al kiosko "POLLO RICA" era molestar al hoy occiso.

Coincidieron los otros tres declarantes con LINDO KING en que fue éste quien ultimó a GUAN CHAN; empero, hubo divergencias entre los implicados sobre varios aspectos.

En cuanto a la planeación el robo, A.A.S. señaló que el apelante propuso el robo, intentó desistir, pero LINDO insistió en ejecutarlo.

Dicha versión coincide con la de...

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