Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 16 de Julio de 1993

Fecha de Resolución16 de Julio de 1993
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

A la Sala Segunda Penal ha ingresado expediente procedente del Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial relacionado con la muerte de E.M.M.. El ingreso del mismo se debe a recurso de apelación interpuesto por el abogado defensor del justiciable, E.E.M. DE LA CRUZ, contra la sentencia condenatoria proferida el 10 de septiembre de 1992 (fojas. 372-380), más un incidente de nulidad de todo lo actuado; y apelación también interpuesta por el Fiscal Primero Superior.

Se trata de un proceso en el que aparecen el menor S.M. DE LA CRUZ y su hermano E.M. DE LA CRUZ, el primero como supuesto autor de la muerte de M.M., hecho que ocurre el 17 de abril de 1987, entre 6:30 de la tarde por razón de una riña en el lugar denominado LAS MENDOZAS, Distrito de la Chorrera, después de haber tenido un encuentro de "pulseo" entre S.M. y el occiso, en el que este último perdió, y disgustado, golpeó a su contrincante S.M.. Posteriormente, su hermano mayor E. fue a reclamarle su actitud, produciéndose una discusión entre los tres, al extremo, de que uno sacó un arma cortante al darse cuenta de que el otro, el occiso, hacia uso de unas piedras para lanzárselas, lo que provocó que E.M. le infiriera una herida en la espalda, lo que ocasionó su muerte. (Páginas 12 y 19).

Las investigaciones del hecho fueron adelantadas por el Fiscal Duodécimo de Circuito de La Chorrera. Entre tales aparece el reconocimiento del cadáver, efectuado en la Morgue del Hospital Nicolás Solano con la asistencia de dos peritos que manifestaron haber encontrado el cuerpo de un sujeto de un metro setenta y dos (1.72) centímetros, con peso aproximado de 160 libras.

"Por otro lado, el cuerpo presenta heridas cortantes de 5.5 por 2 centímetros de ancho ubicadas en la región escapular izquierda a siete (7) centímetros del borde izquierdo interno del escápulo y a un centímetro y medio de la línea media; la herida es profunda de origen vital, es decir, hecha en vida." Foja 6.

En la continuación de las investigaciones se tomaron varias indagatorias de los dos supuestos implicados en el hecho trágico, es decir, de los hermanos S. y E.M. de la Cruz, donde el primero acepta haberle producido la herida en la espalda a E.M.M., describiendo la manera cómo empleó el arma cortante y que "la sustrajo de la media donde la tenía." Foja 19.

E.E.M. (foja 210), relata en forma detallada cómo se da la acción ocurrida entre él y su hermano y el fallecido E.M., aduciendo que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR