Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 6 de Septiembre de 1994

PonenteJOSÉ MANUEL FAÚNDES
Fecha de Resolución 6 de Septiembre de 1994
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Procedente el Segundo Tribunal Superior de Justicia ingresa a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia en grado de apelación, el proceso seguido contra O.C.M. por el delito de homicidio cometido en perjuicio de A.T..

Mediante sentencia fechada 28 de junio de 1993, el tribunal de la causa, con vista en el veredicto de culpabilidad declarado por un jurado de conciencia, condenó a O.C.M. a la pena principal de 15 años de prisión, por el delito de homicidio calificado, previsto en el numeral 6 del artículo 132 del Código Penal, cometido en perjuicio de A.T.. Como pena accesoria, impuso la de tres años de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas, contados a partir del cumplimiento de la pena principal.

El Segundo tribunal, tras analizar algunos testimonios que recoge el proceso, calificó el delito como homicidio agravado, pues, según su parecer, el mismo fue cometido por el procesado, "después de haber llevado a cabo un hecho punible sin alcanzar el fin propuesto y ello configura el delito de homicidio ... tipificado en el artículo 132, ordinal 6º, del Código Penal, cuya sanción oscila de 12 a 20 años de prisión."

En ese sentido, fijó la pena base de 15 años de prisión, la cual quedó igual, al no existir circunstancias agravantes ni atenuantes de responsabilidad criminal.

BREVE RELATO DE LOS HECHOS.

El expediente demuestra que el día 12 de agosto de 1985 se realizó un baile en la antigua discoteca "Galaxia", ubicada en el Corregimiento de S.A., del Distrito y Provincia de Panamá.

Igualmente consta en autos que, siendo aproximadamente la una de la mañana del día 13 de agosto del citado año, unos sujetos observaron cuando dos personas contaban un dinero, y de inmediato surgió la idea de robarle. El proceso da cuenta de que el procesado le aplicó en el cuello al ahora difunto lo que comúnmente se conoce "el chino", mientras otro sujeto le revisaba los bolsillos.

El occiso logró zafarse de la "llave" que le estaban aplicando y procedió a corretear a O.A.C.M., logrando alcanzarlo y, según la versión de varios testigos, se formó una pelea entre ambos, durante la cual el sindicado sacó a relucir un cuchillo con el cual hirió de muerte a A.T., quien pese a la herida que le habían inferido trató de alcanzar al procesado cuando se daba nuevamente a la fuga.

Durante el plenario una de las testigos que había declarado en el sumario (G.Y.R.S., fs. 159), fue llamada a testificar por la defensa y, en esta oportunidad, varió en gran...

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