Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 11 de Agosto de 1994

PonenteAURA E. GUERRA DE VILLALAZ
Fecha de Resolución11 de Agosto de 1994
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

El auto calendado el 22 de febrero de 1994, mediante el cual el Segundo Tribunal Superior dicta sobreseimiento provisional a favor de C.A.B.C. al valorar el sumario instruido en su contra por el delito de homicidio, en grado de tentativa, en perjuicio de JOSÉ VALDERRAMA URRUTIA, fue apelado por la acusación particular y sustentado oportunamente, razón por la cual se remitió el expediente a la Sala Segunda de lo Penal para decidir el medio de impugnación presentado.

Según las constancias de autos, el 21 de abril de 1993, J.V.U. se apersonó a la Fiscalía Superior de turno y denunció a C.A.B.C., porque el viernes 16 del mismo mes, aproximadamente como a las 3:00 de la tarde, en el sector del cruce de Pedregal, trató de matarlo con el carro y tanto él como su padre, desde marzo de 1990, lo han hecho objeto de diversas agresiones. En la denuncia que se recoge en los primeros folios del expediente, se agrega que esto obedece a que los ha demandado laboralmente, como dueños de una empresa de inversiones minerales en Pacora y le mantiene secuestrado algunos bienes. A su denuncia adjuntó copias autenticadas procedentes de la Corregiduría de Pacora sobre dos denuncias contra A.B. y su padre J.B. por amenazas e intento de homicidio contra su persona y la de la señora M.E. de Guardia (cfr. fs. 3-16).

Dictado el auto cabeza de proceso por la Fiscalía Tercera Superior, se llevaron a cabo algunas diligencias, entre ellas, la ampliación de la denuncia suscrita por V.U. en dos ocasiones y la toma de las declaraciones de los señores E.G.O., P.V.C.J., P.P.M.U. e I.U.M..

Mediante Vista Nº 160 de 30 de septiembre de 1993 la Fiscalía Tercera Superior remitió el sumario al Segundo Tribunal Superior de Justicia recomendando la declinatoria de competencia, en vista de que no se había acreditado la existencia del delito de homicidio en grado de tentativa, sino un acto de intimidación con amenaza y escándalo público. El Segundo Tribunal Superior, en auto de 1º de diciembre de 1993, consideró necesario decretar la ampliación del sumario para recibirle declaración indagatoria al imputado C.A.B.C., incorporar a los autos su historial penal y policivo y llevar a cabo otras diligencias que coadyuvaran al mejor esclarecimiento del hecho denunciado.

Al reingresar el expediente a la Fiscalía Tercera Superior, se le recibió declaración indagatoria al denunciado, previa la expedición del proveído de 13 de enero de 1994 que la fundamenta, y se solicitó a la Policía...

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