Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 30 de Diciembre de 1997

PonenteAURA E. GUERRA DE VILLALAZ
Fecha de Resolución30 de Diciembre de 1997
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

Mediante sentencia de 4 de septiembre de 1997, el Segundo Tribunal Superior, luego del veredicto de culpabilidad emitido por un jurado de conciencia en audiencia oral y pública celebrada el 11 de marzo de este año, CONDENO a L.Q. a la pena de NUEVE (9) AÑOS y DOS MESES DE PRISIÓN, por el delito de Homicidio y Lesiones Personales en perjuicio de D.J.N.A. y L.S. ó L.S.. También lo inhabilitó para ejercer funciones públicas por el término de cinco (5) años después de cumplida la pena principal.

Esa decisión jurisdiccional fue apelada al momento de notificarse por el F. Superior del Segundo Distrito Judicial de Coclé y Veraguas, licenciado R.R.T. y el imputado, siendo el primero quien presentó el escrito respectivo, en tiempo oportuno.

DISCONFORMIDAD DEL APELANTE

La representación fiscal, sostiene que no se trata de un homicidio simple, sino que se está ante un hecho de sangre donde hubo premeditación, ventaja, ensañamiento, se cometió delante de los hijos de la occisa e incluso uno de ellos, resultó lesionado.

Considera así, que la conducta de L.Q. debe enmarcarse dentro del artículo 132 del Código Penal, el cual establece distintas formas de homicidio agravado.

Ante esas consideraciones solicita previa revocatoria de la sentencia apelada, se le aumente la pena impuesta al procesado L. Quijada (fs. 445-446).

ANÁLISIS DE LA SALA

En primer lugar, se observa que se le corrió traslado a la contraparte, quien dejó vencer el término sin presentar escrito de oposición (f. 449). No se puede obviar que el imputado también impugnó el fallo en su contra y que es representado por un miembro del Instituto de Defensoría de Oficio.

El presente proceso penal se refiere a la muerte violenta de la señora D.N.A. el día 25 de febrero de 1995 en horas de la noche por parte de su concubino.

Según la testigo L.S., hija de la occisa, cuando su madre llegó de laborar procedente de la capital, su padrastro L.Q., motivado por los celos luego de discutir con ella y golpearla, buscó un machete causándole la muerte. Indica que al tratar de defender a su madre resultó lesionada, lo que se confirma con el examen médico-legal que se le practicara donde se le incapacitó de manera definitiva por noventa días (f. 250).

La versión de la joven S. es corroborada por sus hermanos menores L. Quijada (fs. 102-103), Y. Quijada (fs. 104-105) y J.S. (fs. 106-110).

Al ser indagado L.Q. admite ser el responsable de la muerte de la señora N.A., pero excepciona que lo hizo para...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR