Comercio de Tercer Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 14 de Enero de 2000

PonenteJORGE LUIS LOMBARDO H.
Fecha de Resolución14 de Enero de 2000
EmisorTercer Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

Ha ingresado a este Tribunal el expediente contentivo del Proceso de Oposición al Registro de la marca de comercio "CHICLE BUM" propuesto por COLOMBINA contra WARNER-LAMBERT DE PANAMÁ, S.A. en virtud del recurso de apelación interpuesto por la apoderada judicial de la parte demandada contra de la Sentencia No.185 de veintitrés (23) de noviembre de mil novecientos noventa y nueve (1999) dictada por la Juez Octava de Circuito del Primer Circuito Judicial de Panamá, Ramo Civil.

Encontrándose el negocio en la etapa de sustentación de alegatos, la Licda. M.I.P., apoderada judicial de la parte demandada, en virtud de sustitución de poder que reposa a fs.72-73 del presente infolio, presentó ante la Secretaría del Tribunal, formal escrito de DESISTIMIENTO del recurso interpuesto.

La facultad procesal ejercida por la recurrente, se encuentra prevista en el artículo 1073 de Código Judicial, el cual dispone textualmente:

"Toda persona que haya entablado una demanda, promovido un incidente o interpuesto un recurso, puede desistir expresa o tácitamente.

El desistimiento, una vez presentado al J., es irrevocable.

El demandado puede también desistir de la oposición a la demanda, caso en el cual se hace responsable a tenor de la misma, conforme a derecho.

Todo desistimiento se entiende hecho simplemente y sin condición. Si el desistimiento es condicional, han de aceptarlo todas las partes expresamente por medio de memorial." La norma citada, prevee que para que tenga eficacia el desistimiento del recurso que presentase la Licda. M.I.P. (f.217), éste tiene que ser admitido por el Juez, según lo normado en el artículo 1086 del Código Judicial.

Aparte de ello, también consta que quien lo formula expresamente ostenta la facultad de desistir (f.72), tal y como lo exige el contenido del numeral 31 del artículo 1088, y cumple con el requisito formal de estar...

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