Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), Sala 2ª de lo Penal, 12 de Diciembre de 2007

PonenteGraciela J. Dixon C.
Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2007
EmisorSala Segunda de lo Penal

VISTOS:

El Tribunal Superior del Segundo Distrito Judicial, mediante Sentencia de 11 de junio de 2007, condenó a J.M.M., a la pena de ocho (8) años de prisión e igual término de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas, por el delito de homicidio simple en perjuicio de A.M. muñoz (q.e.p.d.). (fs. 538-548).

El Fiscal Superior Encargado del Segundo Distrito Judicial de Panamá, Licenciado A.O.V., al ser notificado de la decisión jurisdiccional, anunció recurso de apelación, por tanto, el Tribunal de la Causa fijó el presente negocio en lista, de manera tal que se formalizara el recurso correspondiente. (f.550)

Consecuentemente, el Licenciado A.O.V., Fiscal Superior Encargado del Segundo Distrito Judicial de Panamá, sustentó el recurso de apelación. (fs. 551 a 554)

En virtud de lo anterior, la Licenciada M.A. de Apolayo, Defensora de Oficio, presentó escrito de objeción a la apelación sustentada por parte del Ministerio Público. (fs. 560-567)

En este sentido, el Tribunal de la Causa concedió el recurso en el efecto suspensivo y ordenó la remisión de la presente causa a la Sala Segunda de lo Penal para resolver la alzada. (f. 558)

Seguidamente, esta Corporación de Justicia procede ha analizar el Recurso de Apelación sustentado por el Ministerio Público.

LOS HECHOS

La investigación penal inició de oficio el día 3 de noviembre de 2005, por parte de la Personería Municipal del Distrito de Cañazas, Provincia de Veraguas, por la muerte de A.M. muñoz (q.ep.d.), en atención a información suministrada vía telefónica por parte de la Policía Nacional, de la existencia de un cadáver en el Hospital San Francisco Javier.

Los hechos se suscitaron en horas de la noche del día 3 de noviembre de 2005, en El Poste, Distrito de Cañazas, donde se realizaba una actividad de la Escuela de la comunidad, originándose una riña entre A.M.M. (q.e.p.d.) y J.M.M., quien le propinó una puñalada al occiso con arma blanca, ocasionándole la muerte producto de una hemorragia debido a la perforación del pulmón izquierdo y del corazón, según el Protocolo de Necropsia (fs. 309-313)

Mediante auto de 30 de noviembre de 2006, el Tribunal Superior del Segundo Distrito Judicial, dispuso abrir causa criminal a J.M.M..

La audiencia plenaria se verificó el 20 de marzo de 2007, emitiéndose posteriormente la sentencia condenatoria de 11 de junio del año en curso, en contra de J.M.M., por el Tribunal Superior del Segundo Distrito Judicial, hoy impugnada ante esta Superioridad.

RECURSO DE APELACIÓN PRESENTADO POR EL FISCAL SUPERIOR ENCARGADO DEL SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL DE PANAMÁ

En primer lugar, expresó su inconformidad respecto al quantum de la pena impuesta por el A-quo, toda vez que es del criterio que no debió considerarse la confesión como circunstancia atenuante, por lo tanto, solicitó se le restablezca la pena base original.

En ese sentido, manifestó que aún cuando el procesado en su ampliación de la declaración indagatoria...

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