Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 12 de Diciembre de 2002

PonenteGraciela J. Dixon C.
Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2002
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Procedente del Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, se reciben en la Secretaría de la Sala Penal, dos escritos de apelación contra la sentencia de 2 de mayo de 2002, por la cual se condenó a J.F.G.Q. a la pena de 11 años y 4 meses de prisión y accesoriamente se le inhabilitó para el ejercicio de funciones públicas por 5 años después de cumplida la pena privativa de libertad, por ser considerado autor de los delitos de homicidio doloso simple en perjuicio de F.R.M. y homicidio doloso simple en grado de tentativa en detrimento de C.R.H.G..

Al darse el trámite procesal de la notificación, el Licdo. L.C.A., Abogado Defensor de Oficio, así como su patrocinado judicial, anunciaron que apelaban la resolución en comento y presentaron los escritos de sustentación de la apelación en tiempo oportuno, concediéndose los recursos en el efecto suspensivo con el fin de ser resuelta la alzada.

Al corrersele en traslado los escritos de apelación al representante del Ministerio Público, L.. D.E.G.G., F.C. Superior del Primer Distrito Judicial, éste presentó escrito de objeciones a los recursos impetrados.

DISCONFORMIDAD DEL APELANTE

Primeramente, la Sala debe señalar que en el negocio en examen el Defensor de Oficio y el procesado presentaron sus escritos de apelación.

No obstante, se advierte que en el libelo interpuesto por la defensa técnica -el cual tiene el sello de recibido del tribunal- no consta la rúbrica de quien formalizó el recurso, que según se deja expuesto en el documento es el Licdo. L.C.A. RAMOS.(F.781)

La Sala se ve precisada a hacer un llamado de atención al Defensor de Oficio y al Secretario del Segundo Tribunal Superior de Justicia, pues la falta de firma del abogado en el escrito de apelación hace improcedente su admisión, lo cual pudo haber dejado en indefensión al señor J.F.G.Q. de no haber remitido su escrito de apelación, siendo éste el que se tendrá en cuenta para examinarel fallo impugnado.

En ese sentido, el señor G.Q. haciendo uso de la defensa natural a que tiene derecho, presentó manuscrito en el que señala que el 28 de mayo de 2002 se le notificó que había sido condenado a 11 años y 4 meses de prisión y se le entregó un resumen en el cual encuentra muchas contradicciones entre las personas que lo acusan.

Primeramente, manifiesta que el 28 de enero de 1997 J.F.R.R. interpuso una denuncia por la muerte de su padre a raíz de unos disparos que le hizo G. QUIRÓZ el 13 de enero de 1997, lo cual fue corroborado por la señora F.R.D.R., quien era la esposa del finado.(F.774)

Seguidamente, sostiene el apelante que la señora R.D.R. dijo que el muchacho que le disparó a su esposo reside en la casa Nº 2525. Además, indica que esta señora compareció posteriormente ante las autoridades para asegurar que su esposo falleció 17 días después de haber sido hospitalizado especificando que falleció el 9 de febrero de 1998, es decir, un año después de los hechos.(Fs.774-775)

Por otra parte, el recurrente se refiere a la declaración jurada de la señora I.A.S.C., testigo presencial del hecho que dijo haber visto a "C." herido y luego al señor "C." que cayó herido, pero expresa el apelante que la señora se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR