Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 16 de Abril de 2004
Ponente | Roberto González R. |
Fecha de Resolución | 16 de Abril de 2004 |
Emisor | Segunda de lo Penal |
VISTOS:
Como consecuencia de un veredicto de culpabilidad emitido por un jurado conciencia, el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial de Panamá, condenó al señor J.A.F.D., a la pena principal de cincuenta (50) meses de prisión y a la accesoria de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por el mismo término, como responsable del delito de Tentativa de Homicidio en perjuicio del señor F.G.C..
Al notificarse el señor J.A.F.D., de la sentencia 1ra. Nº. 1 de 2 de enero de 2003, anunció recurso de apelación, por lo que se concedió en el efecto suspensivo la citada resolución.
FUNDAMENTO DEL APELANTE
El señor J.A.F.D., en manuscrito visible de fojas 255 a 260 solicita sea revocada la sentencia 1ra. Nº. 1 de 2 de enero de 2003, que lo condenó a cumplir la pena de prisión por ser responsable del delito de tentativa de homicidio y en su defecto sea absuelto de los cargos, por cuanto, a su juicio dicha pena resulta excesiva en atención a las circunstancias que rodearon el hecho, máxime que en ningún momento tuvo el ánimo de intentar matar al señor F.G..
Agrega, que la fuerza física que ejerció sobre la víctima se debió a que éste intervino en una discusión marital e incluso el ofendido dirigió actos de agresión en su contra; acepta sin embargo haber cometido un error, pero, considera excesiva la pena impuesta. (v. f. 255 a 260).
CONCEPTO EMITIDO POR EL MINISTERIO PÚBLICO
El Fiscal Tercero Superior del Primer Distrito Judicial de Panamá, Licenciado R.R.C., mediante escrito visible de foja 262 a 264 considera que la sanción principal de cincuenta (50) meses de prisión impuesta al señor F.D. es cónsona con la conducta criminal realizada.
Sostiene el H.F., que no puede perderse de vista que el bien que intentó destruir es el más preciado y mejor protegido por nuestro sistema jurídico-penal pues se trata de la vida humana.
En consecuencia, recomienda a los Magistrados de la Sala Segunda de la Honorable Corte Suprema de Justicia, que confirmen la Sentencia recurrida (f. 262 a 264)
CUADRO FÁCTICO
El día 11 de noviembre de 1995, en horas de la noche, en la cantina L., ubicada en calle IV, J.D., resultó herido por arma blanca (cuchillo) el señor F.G.C., sufriendo herida punzo cortante en área precordial izquierda y lesión del diafragma, las cuales pusieron su vida en peligro, según el informe médico forense (f. 58).
De este hecho de sangre resultó vinculado el señor J.A.F.D. dado que fue la persona que hirió con un cuchillo al...
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