Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 19 de Mayo de 2006

PonenteRoberto González R.
Fecha de Resolución19 de Mayo de 2006
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Conoce la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia del recurso de apelación presentado contra la resolución Nº16-P. I. emitida el catorce de agosto de dos mil tres dictada por el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial de Panamá, que condenó a A.P.C. a la pena de cuatro años de prisión e inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por ser autor del delito de Homicidio Agravado en grado de Tentativa en perjuicio de E.A.P.H. (fs. 334 a 343).

Vale destacar, que el escrito de apelación presentado por el abogado defensor de A.P.C. se le corrió en traslado al Ministerio Público, a fin que, en el término de tres días, presentase escrito de oposición, si así lo estimase, lo cual en efecto hizo (fs. 356 a 359).

FUNDAMENTOS DEL APELANTE

El licenciado D.M., en su calidad de defensor de oficio de ARQUIMEDES PEÑUELAS CÓRDOBA, antes de entrar a sustentar el recurso, apunta que, a foja 334 del expediente se habla de un auto cuando en verdad se trata de la sentencia de primera instancia.

Acto seguido, el recurrente, en su escrito de sustentación, censura que el A-quo para calificar el delito de Homicidio Agravado en Grado de Tentativa consideró que "el actuar de PEÑUELAS obedeció a motivos de venganza, es decir que premeditó su conducta ilícita". Afirma que, en el caso en concreto, los que han rendido testimonio algunos son enemigos declarados del justiciable, mientras que otros son amigos íntimos de la supuesta víctima, circunstancia que los convierte en testigos sospechosos (artículo 909 C.J.).

Para sustentar lo anterior, el recurrente arguye, entre otras cosas, que F.C.S. fue uno de los que declaró en contra de su defendido pero también admitió que era enemigo del procesado por varias razones y problemas surgidos desde hace siete años. Agrega que si bien F.C.S. expresó que su patrocinado lo agredió con unas bolas de billar, por el contrario, H.A.G.C. declaró que F.C. fue quien golpeó a ARQUÍMEDES con un taco de jugar billar y, sobre las lesiones de C.S., refirió no saber cómo se las hizo o se las hicieron.

Igualmente, asegura que en autos se ha podido confirmar que A.B.C. es primo de F.C., y que según lo declaró A.P.C., aquel (A.B.C.) acompañaba a F.C. cuando inicialmente provocó a su defendido y lo agredió con un palo de billar mientras que E.P. lo hizo con unas bolas de billar, razón por la cual, apunta el recurrente, PEÑUELAS CÓRDOBA sacó un cuchillo para defenderse.

Para finalizar, el recurrente solicitó a este...

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