Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 21 de Octubre de 2005

PonenteGraciela J. Dixon C.
Fecha de Resolución21 de Octubre de 2005
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

La defensa Técnica de M.A.R.R., ha formalizado RECURSO DE APELACIÓN contra la sentencia No. 34 de 25 de abril de 2005, proferida por el SEGUNDO TRIBUNAL SUPERIOR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL, que le IMPONE a RODRÍGUEZ la pena de QUINCE (15) AÑOS de PRISIÓN por ser responsable del DELITO DE HOMICIDIO AGRAVADO que establece el numeral 1 del artículo 132 del Código Penal, cometido en perjuicio de A.A.A.T..

EL RECURSO DE APELACIÓN

El libelo de apelación menciona un número plural de disconformidades en contra de la sentencia condenatoria atacada, por que esta Superioridad pasa a numerarlas, con el fin de comprender de la mejor manera posible, cada censura que formula el recurrente. En tal sentido, la defensa técnica de RODRÍGUEZ ataca la actuación del TRIBUNAL SUPERIOR porque:

1) Omitió que RODRÍGUEZ siempre manifestó que era inocente (f.396).

2) Algunos de los hechos que el padre de RODRÍGUEZ señaló, no fueron investigados (f.396).

3) El Médico Psiquiatra Forense realizó su evaluación sin solicitar a la Caja de Seguro Social el expediente clínico de RODRÍGUEZ, y que revela que desde el año de 1998 es un paciente con síndrome convulsivo por trastorno mental, originado por consumo de drogas, aspectos que pueden consultarse a fojas 123 y 227 del expediente (f.396).

4) No existe testigo que señale directamente a RODRÍGUEZ como autor del delito.

5) La prueba de Serología resultó negativo, lo que indica que a RODRÍGUEZ no le encontraron sangre en su piel o manos.

6) No menciona que el imputado fue la persona que avisó a las autoridades sobre la muerte de la víctima (fs. 396-397).

7) No hay vinculo de parentesco entre su mandante y el fallecido, "Porque el occiso... y el padre del ACUSADO... eran primos hermanos, por lo que no le toca vinculo de consanguinidad... como para merecer la Pena de 15 años..." (F.397).

8) Existen discrepancias entre la declaración de "JULIA" amante de la víctima, y la deposición de su defendido, porque no concuerdan en la hora en que ésta persona abandonó el taller, lo que ocasiona una duda razonable en favor del acusado (f.397).

9) El señalamiento en contra de RODRÍGUEZ se fundamenta en suposiciones de testigos que son parientes, por lo que existe una duda razonable que lo favorece(f. 397).

10) Los testigos de este caso eran de oídas, circunstanciales, que declararon en forma "despreciativa" en contra de su mandante, y no les preguntaron si eran enemigos del imputado (f.397).

11) Que del Taller se perdían objetos, pero no se comprobó que RODRÍGUEZ vendiera algo, o que por esa razón fue llevado a la Corregiduría (f.397).

12) Su mandante y la víctima vivían en el Taller, pero la noche que ocurrieron los hechos no durmió en ese lugar porque la víctima no lo dejó entrar, ya que estaba con su amante, y que fue en la mañana del día siguiente que lo encontró muerto(f.397).

13) Su defendido actuó con lealtad al proceso, desde un principio alegó su inocencia (f.398).

14) La investigación no determinó móvil alguno del delito, además que no se investigó los enemigos de la víctima, que el taller estaba en un lugar alejado "supuestamente en un área del mal vivir y se rumora vende droga en los alrededores" (f.390).

15) El señor "CAYETANO" dio una versión ante el funcionario de instrucción y en la audiencia oral ofreció otra, además que no se encontró el objeto contundente con que la víctima fue agredida (f.398)

Finalmente, el recurrente considera que al jurado de conciencia le presentaron una investigación incompleta, porque no se practicaron las pruebas en favor de su defendido, por lo que solicita "...LA REVOCATORIA DE LA SENTENCIA CONDENATORIA...", y que en su lugar, M.A.R.R. "...SEA ABSUELTO DE LOS CARGOS... POR LAS DUDAS EXISTENTES Y QUE LO RESPALDAN... PUES NO ES PARIENTE DENTRO DEL CUARTO GRADO CON EL OCCISO, NO EXISTEN TESTIGOS QUE LO SEÑALEN COMO AUTOR, NIO (sic) HAY PRUEBAS, Y LOS INDICIOS NOP (sic) SON SUFICIENTES PARA CONDENAR LA SENTENCIA ES MUY ECUETA (sic) NO TIENE ARGUMENTOS PROCESALES Y PRUEBAS DE FONDO Y FORMA PARA CONDENARLO", (F.398).

LA RESOLUCIÓN...

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