Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 2 de Abril de 2008

PonenteAníbal Salas Céspedes
Fecha de Resolución 2 de Abril de 2008
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

En grado de apelación ingresa a esta Sala Penal sentencia condenatoria emitida por el Tribunal Superior del Segundo Distrito Judicial (Coclé y Veraguas), calendada 4 de diciembre de 2007, a través de la cual condena a C.O.J. a cumplir la pena principal de cuarenta (40) meses de prisión y a la accesoria por igual término consistente en la inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas, por la comisión de delito de homicidio en grado de tentativa, perpetrado en detrimento del señor R.P.P..

ANTECEDENTES

El 18 de julio de 2005, la Personería Municipal del Distrito de Cañazas, (Provincia de Veraguas), fue informada por unidades de la Policía, que en el Hospital de Cañazas se encontraba el señor R.P.P., quien presentaba heridas de consideración producidas con arma blanca.

Las constancias procesales indican que el domingo 17 de julio de ese mismo año, en la comunidad de Los Valles, Distrito de Cañazas, Provincia de Veraguas, se encontraban reunidos en casa del señor P.R., un grupo de personas realizando tareas propias de la agricultura, entre las que se encontraban, entre otras, el señor C.O.J. y R.P.P..

Conforme indican las declaraciones, el señor C. O.J. se retiró del lugar en dirección a su residencia, con el propósito de bañarse, más al transcurrir escasos minutos, regresó y sin mediar palabra alguna y de manera sorpresiva, propinó al señor R.P.P. heridas con arma blanca, que obligaron el traslado de éste a un centro hospitalario para recibir la atención médica correspondiente.

A fojas 49 del presente dossier se aprecia el oficio 1480 suscrito por el Médico Forense Patólogo, del Instituto de Medicina Legal de Veraguas, a través de la cual indica que las heridas fueron proporcionadas en la región parietal derecha del cuero cabelludo hacia la mejilla derecha y en el abdomen, las que pusieron en peligro la vida del agredido, asignándole por ello una incapacidad provisional de 35 días.

El agresor se presentó voluntariamente ante las autoridades correspondientes, declarándose confeso del ilícito perpetrado (fs. 17).

Superada la fase de instrucción sumarial y una vez que al procesado se le abre causa criminal, se llevó a cabo la audiencia correspondiente bajo las reglas propias de un juicio por Jurado de Conciencia, tribunal que emitió un veredicto de culpabilidad en contra del procesado (fs. 437).

Al momento en que el tribunal de primera instancia procede a realizar las valoraciones pertinentes y la individualización judicial correspondiente, condenó al procesado a cumplir la pena principal de 40 meses de prisión y a la accesoria por igual periodo, consistente en la...

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