Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 28 de Enero de 2009
Ponente | Esmeralda Arosemena de Troitiño |
Fecha de Resolución | 28 de Enero de 2009 |
Emisor | Segunda de lo Penal |
VISTOS:
En grado de apelación, ingresó a esta Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia la Sentencia Condenatoria de Primera Instancia No. 39 de 4 de junio de 2007, proferida por el Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial de Panamá, en la que condenó a B. CASTILLO como autor del Homicidio Agravado en perjuicio de su hijo infante, B.C.R. (q.e.p.d.),a cumplir veintidós (22) años de prisión e inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por igual término.
La licenciada M.R., defensa técnica del sindicado B.C., anunció y sustentó en tiempo oportuno recurso de apelación contra la sentencia condenatoria (fs. 562-564). En igual sentido, el sindicado allegó al Tribunal de Instancia un manuscrito en el que plantea su disconformidad con el fallo (fs. 557-561).
De los referidos escritos, se le corrió traslado al Ministerio Público para que emitieran en tiempo oportuno sus objeciones (fs. 567-570); luego de ello, el Segundo Tribunal Superior de Justicia concedió el recurso de apelación en el efecto suspensivo, el que es remitido a esta Superioridad a fin de surtirse la alzada.
DISCONFORMIDAD DE LOS RECURRENTES
La defensa oficiosa del señor B.C. solicitó, con fundamento en el nuevo Código Penal, que a su representado se le rebaje el aumento aplicado en concepto de reincidencia (fs. 563-564).
Por su parte, el sindicado sostiene que no tuvo nada que ver con el hecho punible; ese día regresó de pescar y su señora le informó que el niño estaba enfermo, que se había caído, por lo que decidió llevarlo al médico y murió mientras era atendido. Para conocer las razones de su muerte, autorizó que le hicieran la "autopsia" y unos día después le indicaron que murió a causa de golpes. Sostiene que, por ser el padre adoptivo del niño y haberlo trasladado al hospital fue detenido y condenado, sin que se tomara en cuenta que la trabajadora social y los vecinos jamás vieron de su parte, violencia o maltrato para con él. La madre del niño, luego de declarar en la Personería, no ha sido localizada y nunca más apareció para la investigación, por lo que la Fiscalía debió investigar más a fondo.
OPINIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO
El Licenciado J.B., Fiscal Primero Superior del Primer Distrito Judicial de Panamá, solicitó se confirme la sentencia en todas sus partes y se mantenga la pena, conforme a las siguientes consideraciones:
· La responsabilidad del procesado fue debatida en una audiencia por Jurado de Conciencia, en la que fue debidamente...
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