Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 25 de Julio de 2014

Fecha25 Julio 2014
Número de expediente20-14

VISTOS: El licenciado M.S.O., actuando en su condición de apoderado judicial de la parte demandada EASTERN PACIFIC INSURANCE COMPANY, INC., ha formalizado Recurso de Casación contra la Sentencia de veintinueve (29) octubre de dos mil trece (2013), dictada por el Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, dentro del Proceso Ordinario que le sigue SHULI YAN. Por reglas de reparto quedó adjudicado a este Despacho el presente Proceso, motivo por el cual se procedió a dictar providencia de fecha 22 de enero de 2014, concediendo el término de seis (6) días, con la finalidad que en los tres (3) primeros alegara sobre la admisibilidad del Recurso, la parte opositora y en los tres (3) días siguientes, presentara su réplica la Recurrente, término que en efecto fue utilizado por ambas partes, como puede verificarse de fojas 406 a 412. Encontrándose el negocio en la etapa de resolver sobre la admisibilidad del Recurso de Casación que nos ocupa, se recibió de la Secretaría Judicial de la S. Civil el "Informe Secretarial" de 22 de mayo de 2014, en el que se informa que el licenciado M.S.O., apoderado judicial de la parte demandada EASTERN PACIFIC INSURANCE COMPANY, INC. y el licenciado E.V., apoderado judicial de la parte demandante SHULI YAN, han presentado ante dicho Despacho, el día catorce (14) de mayo del presente año, escritos de "Desistimiento del Recurso de Casación" y "Transacción Judicial", con la finalidad de manifestar que sus representadas han celebrado una Transacción Judicial para solucionar la controversia, razón por la cual solicitan que la misma sea considerada y aprobada por esta Superioridad, a efecto de dar por terminado de manera definitiva el presente Proceso ordinario. En el primer escrito denominado "DESISTIMIENTO DEL RECURSO EXTRAORDINARIO DE CASACIÓN", visible de fojas 415 a 416, las partes dejan establecido lo siguiente: "... PRIMERO: Que LA DEMANDANTE presentó proceso ordinario de mayor cuantía por daños y perjuicios, en contra de nuestra representada la sociedad EASTERN PACIFIC INSURANCE, S.A. por la suma de SESENTA Y CINCO MIL BALBOAS CON 00/100 (B/.75,000.00) más los intereses costas y gastos que genere el proceso. SEGUNDO: Que mediante Sentencia No. 48 de 29 de junio de 2012, el Juzgado Sexto de Circuito del Primer Circuito Judicial de Panamá, "CONDENA a la sociedad demandada, a pagar la suma de treinta y cinco mil cuatrocientos treinta y un balboa con 83/100 (B/.35,431.83) los intereses en la demanda causados desde la interposición de la demanda (16 de marzo de 2011) hasta el día de la presente sentencia, se tasan en la suma de cinco mil setecientos cinco balboas con 00/100 (B/. 5,705.72) que corresponde al 10% anual en atención a lo que dispone el artículo 223 del Código de Comercio, más los que se sigan causando hasta la cancelación total de la obligación. TERCERO: Que las partes han considerado presentar transacción judicial con la intención de terminar el proceso. CUARTO: Que como quiera que la demandante ha aceptado la oferta del demandado, no existe razón para continuar el proceso. SOLICITUD ESPECIAL Y URGENTE: Le solicitamos muy respetuosamente a los señores Magistrados de la S. Primera de la Corte Suprema de Justicia, ACCEDAN A NUESTRA SOLICITUD DE DESISTIMIENTO DEL RECURSO EXTRAORDINARIO DE CASACIÓN, toda vez que las partes han acordado finalizar el proceso a través de una transacción, SE EXHONERE DEL PAGO DE LAS COSTAS A LAS PARTES."...

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