Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 14 de Julio de 2015

Número de expediente861-13-A
Fecha14 Julio 2015

VISTOS: La S. Cuarta de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia conoce de la denuncia por Falta a la Ética y la Responsabilidad Profesional del Abogado, interpuesta por la señora S.Y.DE CÁRDENAS contra el licenciado SILVIO GUERRA MORALES. ANTECEDENTES La señora S.Y. DE CÁRDENAS mediante nota fechada catorce (14) de julio de dos mil ocho (2008), presentó denuncia, ante el Colegio Nacional de Abogados, en contra de la firma forense Guerra y Guerra Abogados representada por el licenciado SILVIO GUERRA MORALES. La denuncia se presenta en vista de que el Dr. S.G.M., no cumplió con su deber como abogado ya que "soslayó la liquidación de la sentencia en abstracto para el proceso antes citado, dictado el día tres (3) de mayo de 2007, por el Juzgado Primero del Circuito de Los Santos, ubicado en la ciudad de Las Tablas." Agrega la querellante, que seis meses después que su abogado se notificara, le comunicó a éste que la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Circuito de Los Santos tenía término, pero éste contestó que se trataba de un nuevo proceso por lo que no tenía término y que era de por vida. En noviembre de 2007, regresó a las oficinas del Dr. Guerra a averiguar sobre el mismo tema, la sentencia que tenía término; sin embargo, éste me repitió lo mismo de que la sentencia era de por vida y me solicitó que consiguiera un certificado del psiquiatra que la estaba atendiendo después de los hechos acaecido con el señor M. y le hiciera llegar las facturas de los gastos en que ella hubiese incurrido desde el día del incidente. En junio de 2008, al no recibir respuesta se presenta al Juzgado en donde conversó con el J. y quien le dijo que la sentencia había llegado a su término, que el desconocía que estaba pensando el Dr. Guerra ya que la norma era clara en ese sentido. Según la denunciante el Dr. S.G.M. la ha engañado vilmente y su firma de abogados no la ha representado correctamente, ya que dejaron que venciera el tiempo y no culminaron con el proceso habiéndole pagado B/6,000.00, por lo que no ha cumplido con su papel de apoderado judicial. Concluye la quejosa que requiere se le indemnicen todos los gastos en que ha incurrido y se le sancione. Para apoyar su denuncia aporta copias simples de recibos de pago, del escrito de Alegato de conclusión y de la sentencia de 3 de mayo de 2007, dictado por el Juzgado Primero del Circuito de Los Santos. A estos efectos, se observa que a foja 21 reposa la providencia de catorce (14) de julio...

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