Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 11 de Mayo de 2015

PonenteLuis Ramón Fábrega Sánchez
Fecha de Resolución11 de Mayo de 2015
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

La licenciada O.I.T.G. en su condición de apoderada judicial de ACCURA SYSTEMS CHILE, S. interpuso ante esta Corporación Recurso de Anulación contra el Laudo Arbitral de dieciocho (18) de enero y aclarado el cinco (5) de febrero, ambos del dos mil trece (2013), dictado por el Centro de Conciliación y Arbitraje de Panamá (CeCap) dentro del proceso arbitral que ACCURA SYSTEMS CHILE, S.A le sigue a OCEANÍA BUSINESS PLAZA, S.A con demanda de reconvención.

ANTECEDENTES DEL CASO

En el presente caso de arbitraje, las partes, a través de una cláusula arbitral, acordaron que las controversias que surgieran durante el desarrollo del contrato suscrito entre ellos, se resolverían mediante arbitraje en derecho o en equidad, teniendo como institución al Centro de Conciliación y Arbitraje de Panamá (CeCAP), para dirimir las mismas.

Una vez constituido el Tribunal Arbitral y verificado el procedimiento, en atención al Decreto Ley 5 de 1999, y lo estatuido en el Reglamento del

Centro, se emitió el Laudo Arbitral, en equidad, fechado 18 de enero de 2013, objeto de este recurso en los siguientes términos:

/...

PRIMERO: Negar la pretensión de ACCURA SYSTEMS CHILE, S.,para que se declare que OCEANÍA BUSINESS PLAZA, S. , incumplió diversas cláusulas del CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN de fecha 4 de marzo de 2009, las ADDENDUN y ESQUEMAS DE PAGOS, celebrados entre ACCURA SYSTEMS CHILE, S. y OCEANÍA BUSINESS PLAZA, S. .

SEGUNDO: Negar la pretensión de ACCURA SYSTEMS CHILE, S.para que se declare la resolución del CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN de fecha 4 de marzo de 2009, las ADDENDUN y ESQUEMAS DE PAGOS, celebrados entre ACCURA SYSTEMS CHILE, S. y OCEANÍA BUSINESS PLAZA, S. .

TERCERO: Negar parcialmente la pretensión de ACCURA SYSTEMS CHILE, S., de que se condene a OCEANÍA BUSINESS PLAZA, S., por daños y perjuicios causados y en consecuencia condenar a OCEANÍA BUSINESS PLAZA, S. , a pagar a favor de ACCURA SYSTEMS CHILE, S., la suma de QUINIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO CON 00/100 (US$592,155.00), moneda de curso legal de los Estados Unidos de América en concepto de ordenes de cambio de las 45 a 54 y de las 56 a 65, y retenidos dejados de pagar.

CUARTO: Condenar a OCEANÍA BUSINESS PLAZA, S., a pagar a favor de ACCURA SYSTEMS CHILE, S., los intereses legales que deban computarse a la tasa del diez por ciento (10%) anual a la condena, contados a partir del 15 de mayo de 2012, fecha de presentación de la demanda hasta la total cancelación de dichos montos. Mismos que se calculan hasta la fecha de presentación de la fecha de este laudo arbitral, en la suma de MIL SEISCIENTOS VEINTIDOS (sic) DOLARES CON TREINTA Y CUATRO CENTESIMOS (sic)(US$1,622.34).

QUINTO: Negar todas las otras pretensiones solicitadas por ACCURA SYSTEMS CHILE, S.En el presente proceso arbitral.

SEXTO: Declarar que ACCURA SYSTEMS CHILE, S., incumplió las obligaciones asumidas en el contrato de construcción suscrito con OCEANÍA BUSINESS PLAZA, S. el 4 de marzo de 2009, y todos sus anexos y produjo daños y perjuicios a OCEANÍA BUSINESS PLAZA, S. y por lo tanto está obligada a resarcir dichos daños.

SEPTIMO: Condenar a la sociedad ACCURA SYSTEMS CHILE, S., a pagarle a OCEANÍA BUSINESS PLAZA, S., la suma de TRES MILLONES STECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO DOLARES CON 50/100 (US$3,758,744.50) de (sic) desglosados de la siguiente manera:

1. La suma de QUINCE MIL SESENTA Y UN DÓLARES CON 86/100 (US$15,061.86) por CONTRATACION DE IBA CONSULTANTS, INC..

2. La suma de CIENTO SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE DÓLARES CON 57/100 (US$176,969.57) por REFUERZOS INTERNOS DE MODULOS POR SILICONA DEFICIENTE (PAGOS REALIZADOS A LA FECHA)

3. La suma de OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE DÓLARES CON 47/100 (US$847.739.47), por la TERMINACIÓN DE 30% RESTANTE DE LA OBRA POR ABANDONO DE ACCURA SYSTEMS CHILE, S.

La suma de DOS MILLONES SETECIENTOS DIECIOCHO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y TRES DOLARES CON 60/100 (US$2,718,973.60) por los COSTOS DE CORRECCIÓN Y REPARACIÓN DE TODAS LAS PATOLOGÍAS DETECTADAS MEDIANTE INFORMES TECNICOS (sic) Y PERITAJES SOBRE EL SISTEMA DE MURO CORTINA INSTALADO EN EÑ PROYECTO OCEANÍA BUSINESS PLAZA, S.a.) Refuerzos internos a módulos por silicona estructural china deficiente. Trabajos están siendo ejecutados por TECHNO SERVICE a un costo de CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y TRES DÓALRES (sic) CON 83/100 (US$184,933.83).b.) Remoción y reposición de silicona climática en exterior por la suma de CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS MIL CINCUENTA Y DOS DÓLARES CON 02/100 (US$472,052.02).c.) Limpieza de cristales por la suma de OCHENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA DÓLARES CON 02/100 (US$86,880.00).d.) Retiro de placas de protección externas (angelito), por riesgos de desprendimiento por silicona deficiente por la suma de DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES DÓLARES CON 20/100 (US$19,363.20).e.) Enderezamientos de burletes (gaskets) por la suma de TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS SESENTA Y SIETE DÓLARES CON 47/100 (US$364,767.47).f.) Reposición de cristales por la suma de SESENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS DÓLARES CON 00/100 (US$62,300.00)g.) Desintalación y reposición de paneles compuestos de aluminio de muro ciego por la suma de SETECIENTOS SETENTA MIL SEISCIENTOS VEINTINUEVE DÓLARES CON 93/100 (US$770,629.93).h.) Terminación de trabajos de protección corta fuego y corta humo por la suma de SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL CUARENTA Y SIETE DÓLARES CON 15/100 (US$758,047.15)

OCTAVO: Condenar a ACCURA SYSTEMS CHILE, S. Apagar a favor de OCEANÍA BUSINESS PLAZA, S., los intereses legales que deban computarse a la tasa del diez por ciento (105) anual de la condena, contados a partir del 22 de mayo de 2012, fecha de presentación de la demanda de reconvención hasta la total cancelación de dichos montos. Mismos que se calculan hasta la fecha de este laudo arbitral, en la suma de DIEZ MIL CINCUENTA Y CINCO DOLARES (sic) CON SIETE CENTESIMOS (sic) (US$10,055.07)

NOVENO: Negar todas las otras pretensiones solicitadas por OCEANÍA BUSINESS PLAZA, S. contra ACCURA SYSTEMS CHILE, S. en el presente proceso arbitral.

DECIMO: DECLARAR NO PROBADAS LAS EXCEPCIONES de incompetencia del tribunal Arbitral; la Excepción de inexistencia de la obligación reclamada por ausencia de culpa contractual imputable a ACCURA SYSTEMS CHILE, S.; Excepción de contrato no cumplido imputable a culpa y negligencia imputable a OCEANIA BUSINESS PLAZA, S.; Excepción de ilegitimidad en la causa de ACCURA SYSTEMS CHILE, S. en su forma pasiva; y la Excepción de inexistencia de resolución judicial y/o arbitral que declare que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR