Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 28 de Marzo de 2014

PonenteHarry Alberto Díaz González
Fecha de Resolución28 de Marzo de 2014
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS: El Segundo Tribunal Superior de Primer Distrito Judicial, a través del Auto de Fianza No. 1-P.I. de 15 de enero de 2013,resolvió conceder el beneficio de fianza de excarcelación para no ser detenido, solicitada a favor del señor R.R., sindicado por delito Contra la Vida y la Integridad Personal (Homicidio en grado de tentativa), cometido en perjuicio de las señoras M. y F.A.. Al momento de notificarse del auto, la licenciada L.C. de H., en su calidad de F.C. Superior del Primer Distrito Judicial, anunció y sustentó recurso de apelación (fs.24-29), por lo que el mismo fue concedido en el efecto diferido (f.39). El Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, fundamentó su decisión de conceder el beneficio de fianza de excarcelación a favor del señor R.R., basado en las siguientes consideraciones: -Los presuntos ofendidos han señalado que cuando venían de vuelta de una actividad bailable en el sector de Las Garzas de Pacora, fueron insultados y agredidos por las personas que se encontraban en la residencia de la joven K.Y.L.V., resultando con heridas en su anatomía tanto de armas de fuego como de arma blanca. No obstante, de las declaraciones rendidas por K.Y.L.V., H.G.J., Y.Y.G. y E.C., se colige que se encontraban en la residencia haciendo un brindis por el embarazo de la joven Kenia, cuando se presentó F.A., acompañada de sus hermanas y sus cuñados y agredieron, física y verbalmente a la joven Kenia, incluso no respetando su estado de gravidez. -Aunado a lo anterior, en el expediente constan las vistas fotográficas del estado en que presuntamente quedó la cerca de la residencia luego de ser irrumpida y darse la riña en donde salieron lesionados los hoy afectados. -De igual manera, se aprecia que según la versión de las personas que se encontraban en la residencia, la persona que solicita la excarcelación no se encontraba en la residencia cuando ocurrieron los hechos, incluso, la señora L.V., ex-pareja del señor R.R. manifestó que se habían separado, por lo que él ya no residía en el lugar. -Al momento al señor R.R. no se le han formulado cargos por los hechos suscitados, por lo que mal puede tenerse algún tipo de riesgo de fuga. ARGUMENTOS DE LA RECURRENTE En lo medular de su escrito de apelación, la F.C. Superior del Primer Distrito Judicial manifestó que difiere de la resolución bajo examen por las siguientes razones: Resulta pertinente señalar que el indicio que surge del señalamiento directo que realizó la señora M. De la Cruz Atencio, al indicar que al momento de pasar por la residencia del señor R.R., los insultó con palabras obscenas, ella salió corriendo y escuchó detonaciones, vio que R. y "M.", tenían armas de fuego en las manos, y al llegar a la casa se percataron que F. y M., estaban heridas con arma de fuego (fs.1-4). Asimismo, la Fiscal manifiesta que en las declaraciones juradas rendidas por M.A., L.L., F.A. y S.M., coinciden que al momento...

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