Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 14 de Junio de 2013

PonenteJerónimo Mejía E.
Fecha de Resolución14 de Junio de 2013
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS: Ingresó ante la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, el recurso de Casación en el fondo, propuesto por el licenciado R.A.C.V., en contra de la Sentencia de Segunda Instancia No. 112 de seis (6) de octubre de dos mil once (2011), proferida por el Tribunal Superior del Cuarto Distrito Judicial de Panamá, la cual condenó a A.M.F., a la pena de TREINTA Y DOS (32) MESES de prisión e inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por igual término, dentro del proceso seguido en su contra por delito Contra el Patrimonio Económico (Hurto), en perjuicio del Instituto de Mercadeo Agropecuario (IMA). Una vez admitido el recurso y previo traslado al Señor Procurador General de la Nación, se fijó el día seis (6) de noviembre de dos mil doce (2012), para la celebración de la audiencia oral. (foja 786) ANTECEDENTES En dicho proceso penal, se observa a fojas 235-239, que a través de resolución fechada once (11) de septiembre de dos mil nueve (2009), la Agencia de Instrucción Delegada de la Provincia de Los Santos, dispuso la detención preventiva de A.M.F., como presunto infractor de las disposiciones contenidas en el Capítulo I, T.V., del Libre II del Código Penal. Con posterioridad, mediante Auto No. 1162 de seis (6) de noviembre de dos mil nueve (2009), proferido por el Juzgado Segundo del Circuito de Herrera, el procesado A.M.F. fue beneficiado con una fianza excarcelaria por la suma de CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS VEINTE BALBOAS (B/50.820.00). Dicho Auto fue apelado y modificado por el Tribunal Superior de Justicia del Cuatro Distrito Judicial, mediante Resolución de diecinueve (19) de noviembre de dos mil nueve (2009), el cual fijó la cuantía en la suma de CINCO MIL BALBOAS (B/5.000.00). Acto seguido, dicha fianza fue consignada a través del Certificado de Garantía No. 151147, por la suma de DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y OCHO BALBOAS CON CINCUENTA Y TRES CENTÉSIMOS (B/.2.768.53), y con el Certificado de Garantía No. 00992, por la suma de DOS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y UNO CON CUARENTA Y SIETE CENTÉSIMOS (B/2.431.47), ambos expedidos por el Banco Nacional de Panamá, sucursal de Las Tablas, recobrando entonces su libertad corporal. Mediante escrito recibido el día cuatro (4) de octubre de dos mil doce (2012), el licenciado R.A.C.V.,presentó ante esta superioridad, formal solicitud de copias autenticadas del cuadernillo contentivo de la referida fianza de excarcelación, consignada a favor de su representado, al igual que solicita...

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