Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 22 de Octubre de 2015
| Ponente | Harry Alberto Díaz González |
| Fecha de Resolución | 22 de Octubre de 2015 |
| Emisor | Segunda de lo Penal |
VISTOS: Pendiente de resolver en el fondo, se encuentra el recurso de casación interpuesto por el licenciado J.C.P.C., defensor particular del señor L.A.H., contra la sentencia de Segunda Instancia de 21 de junio de 2012, dictada por el Tribunal Superior del Segundo Distrito Judicial, mediante la cual se revoca la sentencia absolutoria de primera instancia, dictada en el proceso penal seguido contra el prenombrado, condenándolo a la pena de cincuenta (50) meses de prisión y como pena accesoria la inhabilitación para el ejercicio de las funciones públicas por el término de dos años, como responsable del delito de posesión agravada de drogas. La audiencia de casación fue celebrada el día 8 de julio de 2013, con la participación de la parte recurrente y del representante de la Procuraduría General de la Nación, oportunidad que ambas partes aprovecharon para reiterar sus respectivos argumentos, luego de lo cual corresponde emitir el fallo de fondo, tarea a la cual se procede de inmediato. HISTORIA CONCISA DEL CASO Según narró el recurrente, el proceso se inicia de oficio, con el informe de 30 de noviembre de 2010 (fs. 2), suscrito por el C.F.H., que da cuenta de la información recibida que el señor L.A., mantenía una cantidad considerable de kilos de sustancias ilícitas. Mediante providencia de 3 de diciembre de 2010, la agencia de instrucción ordenó receptar declaración indagatoria el señor L.A.H., por la presunta comisión de un delito relacionado con drogas (f.153-166). Concluida la etapa de instrucción y la correspondiente calificación del sumario, con el llamamiento a juicio del procesado, el Juzgado de Liquidación de Causas Penales de Coclé, decretó la nulidad del proceso y dictó sentencia absolutoria a favor del sindicado, decisión que fue recurrida por el Ministerio Público. El Tribunal Superior del Segundo Distrito Judicial, en sentencia de fecha 21 de junio de 2012, modificó el fallo y en su lugar condenó al procesado a la pena de 50 meses de prisión, como autor del delito de posesión agravada de drogas, sentencia contra la cual se endereza el presente recurso de casación. CAUSAL INVOCADA Y MOTIVOS El casacionista invocó sólo una causal para sustentar su recurso. Esta única causal se refiere a cuando se halla incurrido en error de derecho en la apreciación de la prueba, que ha influido en lo dispositivo del fallo y que implica violación de la ley sustancial penal, consagrada en el numeral 1 del artículo 2430 del Código Judicial. De acuerdo con la jurisprudencia de esta Sala, la causal en examen se configura cuando el tribunal le otorga a la prueba un valor que la ley no le atribuye, cuando le niega al medio de prueba la fuerza que la ley le reconoce o cuando admite un elemento probatorio que ha sido producido con inobservancia de las formalidades legales establecidas para esa finalidad. Como primer motivo, el recurrente sostiene que el Tribunal Superior le otorgó pleno valor probatorio a la Orden de allanamiento y su consecuente acta de realización, por medio de la cual se ordenó el allanamiento de la residencia de Plácido V. y la Finca de H.P., siendo lo correcto coincidir con el juez de grado respecto a "...que la realización de un allanamiento en una residencia o lugar distinta a la consignada en la orden resulta ilegal...". La Procuraduría General de la Nación, al emitir concepto sobre el recurso formalizado (fs. 1080-1095), desestimó el cargo de infracción consignado en el primer motivo, resaltando que las diligencias efectuadas cumplían con las formalidades que establece la ley para cumplir la garantía constitucional de la inviolabilidad del domicilio. En ese sentido, señala la colaboradora de la instancia, que la orden visible a fojas 14-15, proviene de una autoridad competente, establece motivación, lugar, fecha, hora, finalidad para la práctica de la misma, así como la comisión expresa del agente especial a cuyo cargo se efectuaría la misma. Agrega, que si bien en la parte dispositiva de la diligencia mediante la cual se ordenó el allanamiento quedó consignado "la residencia del señor P.V.L. ubicada en la ciudad del C., distrito de Aguadulce, vía Los Volcanes", en el acta de allanamiento visible a foja 16, se dejó constancia que la finca pertenecía al señor H.P., y que estaba custodiada por el señor P.V.L.. En cuanto al segundo motivo, el casacionista se refiere al valor probatorio otorgado por el Ad-Quem a las evidencias materiales encontradas en el allanamiento (sustancias ilícitas), efectuado sin la orden correspondiente para el lugar donde se encontraron. Al respecto, la Procuraduría General de la Nación desestima el cargo de injuricidad...
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.