Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 24 de Agosto de 2015

Fecha de Resolución24 de Agosto de 2015
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS: Ante el Pleno de la S. Cuarta de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia, se llevó a cabo el día dieciséis (16) de mayo de dos mil catorce (2014), el debate oral celebrado dentro de la denuncia por supuestas faltas a la ética y la responsabilidad profesional del abogado interpuesta por ANAXÍMENES GONZÁLEZ en contra el licenciado J.Y.Y.. ANTECEDENTES Este proceso disciplinario inicia con la denuncia presentada ante el Tribunal de Honor del Colegio Nacional de Abogados, por el licenciado ANAXÍMENES GONZÁLEZ NÚÑEZ, en contra del licenciado J.Y.Y.. La denuncia es interpuesta a raíz de varios incidentes en los cuales se han visto involucrados como contrapartes, los licenciados ANAXÍMENES GONZÁLEZ NÚÑEZ y J.Y.Y.. Refiere el denunciante, que el licenciado J.Y.Y., ha perdido el control de sus emociones, realizando llamadas a su celular, que al no ser contestadas quedaron grabadas en la contestadora, por lo que procedió a transferirlas a un disco compacto (CD), donde se comprueba el lenguaje "procaz y obsceno" del licenciado Y.. Que aunado a lo anterior, el día 23 de julio de 2008, el licenciado Y. lo agrede físicamente en la recepción de la Sede del Tribunal Superior de Justicia del Segundo Distrito Judicial, Ciudad de Penonomé, situación que incluso llegó a la Corregiduría de Penonomé y que consta en un disco compacto contentivo de dos vídeos en los que se recogió la incidencia y que fueran proporcionados por la Dirección de Seguridad del Órgano Judicial.(V. fj. 32-33). En su defensa, el licenciado J.Y.Y. ha manifestado, que todo lo sucedido es consecuencia de las actuaciones malintencionadas del licenciado ANAXÍMENES GÓNZÁLEZ, toda vez que era él quien llamaba para decirle "salvajidades"a sus clientes, que a pesar de su advertencias continuó llamando y fue entonces cuando lo llamó e insultó. Que a consecuencia de ello, recibió más llamadas insultantes por parte del denunciante, que lo obligaban a apagar el celular, y que por eso se vio "obligado o forzado" a meterle un "garnaton" por atrevido. El Tribunal de Honor del Colegio Nacional de Abogados, estima procedente el Llamamiento a Juicio del licenciado J.Y.Y., y así lo manifiesta en su opinión visible de foja 56 a 60 del expediente. Lo anterior en base al criterio que el comportamiento derrochado por el denunciado, constituye a todas luces infracción del artículo 23 del Código de Ética y Responsabilidad Profesional del Abogado, siendo ésta una falta gravísima, pues no solo ha...

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