Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 18 de Agosto de 2015

Fecha de Resolución18 de Agosto de 2015
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS: Procedente del Tribunal de Honor del Colegio Nacional de Abogados, ingresa a esta superioridad el expediente contentivo de la denuncia por supuestas faltas a la ética y responsabilidad profesional del abogado interpuesta por la señora F.D.T. en contra del licenciado G.E.T.M., para evaluar la solicitud de citación a juicio efectuada por el Tribunal de Honor del Colegio Nacional de Abogados. ANTECEDENTES El trece (13) de abril de dos mil once (2011), la señora F.D.T., se apersona al Colegio Nacional de Abogados e interpone formal denuncia en contra del licenciado G.E. TORRES MELCHOR fundamentada en los siguientes hechos: "...La relación profesional se inició el 14 de agosto de 2010 cuando lo contraté para que defendiera a mi hijo, A.A.G.D. en el proceso penal por el supuesto delito contra la seguridad colectiva. Aunque el Licdo. G.E.T.M. vive en Aguadulce, específicamente en Pocrí, aceptó el caso sin pensarlo, sabiendo que mi hijo está detenido en C.. Es importante destacar que no hubo pacto específico de honorarios, ya que después de escuchar el relato del caso y mirar el expediente que me había entregado la abogada anterior, el Licdo. G.E.T.M. me dijo: "Si, por supuesto que tomo el caso". Le pregunté: "Cómo va hacer el pago y cuánto va a cobrar? El contestó: Le pido una semana para terminar uno que tengo pendiente y por cerrar y saliendo de ese empiezo con el suyo. Para cuando esté listo, voy a necesitar B/.400.00 para hacer todos los trámites que este necesite, voy a verlo y a solicitar una medida cautelar, la segunda vez o, cuando mucho, en la tercera vez, lo traeré conmigo". Como yo trabajo de doméstica en esta ciudad, pude pedirle un préstamo a mi jefe y para el 4 de septiembre de 2010, mi hija, N.X.G.D., le hizo entrega al Licdo. G.E. TORRES MELCHOR de los B/.400.00 juntos. Considero, a mi juicio, que el Licdo. G.E. TORRES MELCHOR incurrió en las siguientes faltas: a) No me hizo entrega de recibo alguno; b) el Poder Especial lo mandó con otra persona para que mi hijo lo firmara; c) Nunca se presentó ante mi hijo; d) Hizo alarde en la casa donde nos presentaron para que tomara este caso de que él no iba para C.; e) No tuvo cortesía de acercarse a mi hija o a mi y hacernos saber que se retiraría del caso; f) Después que la misma señora que nos lo recomendó supo de su conducta, lo llamé unas cincuenta (50) veces de teléfonos públicos y diferentes celulares y el Licdo. G.E.T.M. nunca nos dio la cara; y g) El día que logré hablar con él le dije: "Quiero verlo para saber cómo me va a devolver el dinero" y me dijo: "Si, yo la llamo para ponernos de acuerdo". Le dije que por qué no se lo entregaba a Nilka, así como ella se lo había entregado a él y dijo: "Yo la llamo" y hasta el sol de hoy, desvía mis llamadas" (fs.3). El Tribunal de Honor, mediante resolución de 11 de marzo de 2011 ordena iniciar la...

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