Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 16 de Abril de 2015

PonenteHarry Alberto Díaz González
Fecha de Resolución16 de Abril de 2015
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS: Mediante resolución de 6 de marzo de 2012, la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia admitió el recurso de casación formalizado por la licenciada N.M.S. defensora de oficio del señor F.C.S., contra la Sentencia 2a.INST Nº204 de 24 de septiembre de 2009, dictada por el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial. La medida judicial impugnada a través de la presente iniciativa procesal, revocó la sentencia absolutoria Nº16 de 26 de mayo de 2008, emitida por el Juzgado Quinto de Circuito, Ramo Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá, a favor del señor F.C.S.. El Procurador General de la Nación, conforme V.F.N. 137 de 26 de junio de 2012, previo examen de los motivos recomendó no casar la Sentencia de 2da. Nº204 de 24 de septiembre de 2009, emitida por el Segundo Tribunal Superior de Justicia (fs.215-221). Verificada la audiencia oral prevista en nuestro código de procedimiento, el negocio se encuentra en estado de decidir por parte de esta Sala. HISTORIA CONCISA DEL CASO El presente proceso se origina con la denuncia presentada por el señor M.A.R.M. por el robo de su celular por parte de tres sujetos, hecho ocurrido el 20 de agosto de 2007 cuando se encontraba caminando con su esposa a la altura del cementerio de A.. Producto de las investigaciones adelantadas por el Ministerio Público, se ordena recibir la declaración indagatoria de F.C.S., por la presunta comisión del delito Contra el Patrimonio Económico. Una vez culminada la etapa sumarial, el proceso fue remitido a la autoridad jurisdiccional correspondiente, siendo esta el Juzgado Quinto de Circuito de lo Penal del Primer Circuito Judicial, quien mediante Sentencia N°16 de 26 de mayo de 2008, lo absolvió de los cargos por los cuales fue investigado. Mediante Sentencia 2da. I.. N°204 de 24 de septiembre del 2009, el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, revocó la sentencia de primera instancia y en su lugar declaró penalmente responsable al señor F.C.S., condenándolo a la pena de sesenta (60) meses de prisión e inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por un término de tres (3) meses una vez cumplida la pena principal, como autor del delito de robo agravado. Contra dicha resolución es que va dirigido el presente recurso de Casación. Se procede a analizar los motivos que fundamentan la causal admitida a fin de determinar si se ha producido un error en la actividad probatoria de tal magnitud que haya influido en lo dispositivo del fallo. La recurrente como único motivo que sustenta la causal indica que el Segundo Tribunal Superior de Justicia comete error de derecho en la apreciación de la prueba, porque deduce de la declaración del denunciante, señor M.R.M., la responsabilidad de su representado F.C. a pesar que en su primera narrativa (fs.1-2) señala al señor P. como el sujeto, mayor de edad que le robó el celular; y de otro lado en su ampliación de denuncia (fs.89-91) concluye que el sujeto mayor de edad es el joven conocido como "P.". De haber valorado correctamente esta declaración, el Segundo Tribunal Superior de...

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