Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 19 de Enero de 2015

PonenteJerónimo Mejía E.
Fecha de Resolución19 de Enero de 2015
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS: Corresponde a la Sala de lo Penal decidir los recursos de casación formalizados por la M.B.H.P., Abogada Defensora de Oficio de J.A.B.R. y K.E.M.V., dentro del proceso penal seguido en su contra por presunta comisión de un delito contra la fe pública (uso de cheque alterado) cometido en perjuicio de la empresa VALUC S. A. I. HISTORIA CONCISA DEL CASO La señora L.A.D.B., representante legal de la empresa VALUC S.A., presentó una querella contra K.E.M.V. y J.A.B. RÍOS por la presunta comisión de los delitos de hurto y falsedad de documento. La querellante manifestó que la señora M.V. era la administradora de la cuenta corriente de la empresa VALUC S.A. y durante su administración, en el período comprendido entre septiembre de 2005 hasta marzo de 2007, fueron sustraídos y cambiados cheques de esa cuenta y su firma fue falsificada, hechos que le atribuye a la querellada. Además, indicó que B.R. participó en el cobro de los cheques falsificados y que se apropiaron de la suma de cuarenta y cuatro mil ciento noventa y dos balboas con cuarenta y cuatro centésimos (B/.44,192.44). El sumario fue instruido por la Fiscalía Decimoquinta de Circuito, Ramo de lo Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá, que tras investigar los hechos ordenó y receptó las declaraciones indagatorias de J.A.B.R. y K.E.M.V. por presuntos infractores de disposiciones legales contenidas en el Capítulo I, T.V., Libro II del Código Penal de 1982, es decir, por presunta comisión de delito de falsificación de documento en general. Concluida la investigación, el negocio quedó radicado en el Juzgado Noveno de Circuito, Ramo de lo Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá, y mediante Auto N° AE-148 de 1° de octubre de 2008 declaró lugar a seguimiento de causa penal contra K.E.M.V. y J.A.B. RÍOS por presuntos infractores de disposiciones legales contenidas en el Capítulo I, T.V., Libro II del Código Penal de 1982, es decir, por el delito genérico de falsificación de documento en general según querella promovida por L.A.D.B.. El Juez de la causa mediante Sentencia N° SC-82 de 7 de diciembre de 2009 declaró penalmente responsable a los prenombrados y los condenó a la pena de tres (3) años de prisión e inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por igual término que la pena principal como autores del delito de uso de cheque alterado cometido en perjuicio de la empresa VALUC S.A. Además, se accedió a lo pedido por la querellante a través del incidente de indemnización por daños y perjuicios presentado dentro del término de Ley, porque se acreditó en autos la existencia de la lesión ocasionada, cifrándose dicho daño en la suma de treinta y ocho mil noventa y un balboas con diecinueve centésimos (B/.38,091.19), monto total de los cheques que resultaron alterados en su firma autorizada y fueron endosados por K.E.M.V. y J.A.B.R.. La decisión de primera instancia fue apelada por la defensa técnica de los procesados y el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial la confirmó mediante Sentencia N° 220 de 19 de octubre de 2010. II. RECURSO DE CASACIÓN A FAVOR DE J.A.B. RÍOS La recurrente aduce una sola causal que es el error de derecho en la apreciación de la prueba que ha influido en lo dispositivo del fallo y que implica violación de la ley sustantiva penal. La causal está fundamentada en cuatro motivos. La Sala aprecia que existe una correlación entre el primero, segundo y tercer motivo porque la casacionista centró su disensión en la valoración que el tribunal de alzada hizo de la declaración indagatoria del procesado: señala que el Tribunal Superior valoró erróneamente la declaración indagatoria de J.B.(Fs.903-905), porque a partir de esa prueba dio por probada su responsabilidad penal al haber aceptado su participación en el cambio de varios cheques (primer y tercer motivo) y porque expresó que lo había hecho por encargo de la señora M. a quien le unía una relación sentimental(segundo motivo). A juicio de la recurrente, la deposición de su defendido no es prueba que determine que éste conocía de alguna irregularidad o falsedad de los documentos negociables. Además indica que no existen otros elementos de prueba que así lo determinen. Sobre el particular, el entonces Procurador General de la Nación, licenciado J.E.A.P.C., manifestó que no le asiste razón a la casacionista porque el Tribunal de alzada apreció el hecho que J.B. admitió haberse presentado a la entidad bancaria para hacer efectivos los cheques, a cambio del pago de su carrera como taxista y para dar por acreditada la concurrencia del dolo en el actuar del encartado, tomó en consideración el vínculo sentimental que le unía a la coimputada K.M.V., respecto a la cual justipreció su admisión en la comisión del ilícito. El colaborador de la instancia señala que de la propia declaración indagatoria del encartado emergen no sólo indicios de presencia y oportunidad, sino también de mala justificación, al alegar que su participación en el hecho punible, obedece a la petición de la madre de su hijo y compañera sentimental informal, KERIMA MARIN quien, lo más que llegó a pagarle por cada carrera realizada fue B/1.75, explicación que considera inverosímil y constitutiva del indicio de mala justificación contra el procesado. El máximo representante del Ministerio Público afirma que las justificaciones de BORBÚA resultan poco creíbles porque las copias autenticadas de los cheques cuestionados revelan que J.B. acudió a distintas sucursales de BANISTMO entre los meses de enero de 2006 y marzo 2007 en no menos de sesenta y ocho veces, para hacer efectiva una cantidad de setenta y tres (73) cheques, por lo que carece de lógica que por todo el tiempo invertido en hacer carreras de ida y vuelta hasta la empresa VALUC, S.A., donde laboraba K.M., y formar fila en los bancos de nuestra ciudad, recibiera la irrisoria suma de B/1.75(B/.1276-1283 Tomo II). Ahora bien, el Segundo Tribunal Superior al pronunciarse sobre la responsabilidad de J.B. indicó: Si bien es cierto, el peritaje forense grafotécnico comparativo, tampoco señaló a K.M....

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR