Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 3 de Marzo de 2015

PonenteWilfredo Sáenz Fernández
Fecha de Resolución 3 de Marzo de 2015
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS: Para resolver en el fondo, cursa ante la Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia, el recurso de casación en el fondo, presentado por el Fiscal Primero Especializado en Delitos Relacionados con Drogas, L.. J.E.C., contra la Sentencia Penal de segunda instancia calendada 24 de julio de 2012, emitida por el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, mediante la cual se Reformó la sentencia condenatoria No. 78, fechada de 24 de agosto de 2011, proferida por el Juzgado Décimo de Circuito, Ramo Penal, del Primer Circuito Judicial de la provincia de Panamá y en su lugar Absolvió a la señora E.M.W.F., de los cargos formulados por el delito de Posesión Ilícita de Drogas, en su modalidad agravada y confirmó el fallo en todo lo demás. La audiencia de casación fue celebrada el día1 de abril de 2014, con la participación de la parte recurrente y del representante del Ministerio Público, oportunidad aprovechada por todos para reiterar sus respectivos argumentos, luego de lo cual corresponde emitir el fallo de fondo, tarea a la cual se procede de inmediato. HISTORIA CONCISA DEL CASO El presente cuaderno penal tuvo su génesis el 13 de enero de 2010, cuando la corregiduría de Río Abajo, practicó diligencia de allanamiento, en el cuarto 3 de la Barraca 18-B, ocupado por el señor J.J. y la señora E.W.. La diligencia de allanamiento permitió ubicar una bolsa con seis (6) sobrecitos de marihuana, una cajita con veintidós (22) fragmentos de cocaína-crack, una cajita con fragmentos de cocaína-crack, y una cartera con veinticuatro (24) sobrecitos de marihuana, también la suma de cincuenta y cinco balboas con veinte centésimos (B/.55.20), fraccionado en diferentes denominaciones de billetes y monedas. En el cuaderno penal consta el testimonio del señor policía Á.C., quien participó en el allanamiento y, de acuerdo con su explicación los procesados fueron colocados en la puerta del cuarto allanado, por razones de seguridad, evitando que desaparecieran la evidencia. Adicional se había recibido información de que ambos residían en la habitación allanada. Luego de disponer la indagatoria de ambos procesados, la Fiscalía a cargo de la investigación, mediante vista de 5 de abril de 2011, remitió el sumario a la autoridad judicial solicitando el llamamiento a juicio de los denunciados por la presunta comisión de los delitos tipificados en el Capítulo V, Título IX, Libro II del Código Penal, referente a la presunta comisión de un delito relacionado con drogas. El Juzgado Decimosexto de Circuito, Ramo Penal, del Primer Circuito Judicial de la provincia de Panamá, llamó a juicio a los procesados, por medio de la resolución de 10 de agosto de 2011 y posteriormente, mediante sentencia de 24 de agosto de 2011 declaró culpable a los señores J.J.O. y E.M.W. F. y los sanciona a la pena de cincuenta (50) meses de prisión como autores del delito de posesión ilícita de drogas en su modalidad agravada. De igual manera, aplicó la pena accesoria de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por el mismo término de la pena de prisión, una vez ejecutoriada la sentencia. La medida judicial fue objeto de recurso de apelación y el Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, mediante sentencia de 24 de julio de 2012, reformó la sentencia de primera instancia absolviendo a la señora E.M.W.F. de los cargos formulados en su contra, siendo ésta última decisión la impugnada, con el recurso extraordinario de casación penal en el fondo. El casacionista aduce como única causal en el fondo, error de derecho en la apreciación de la prueba, que ha influido en lo dispositivo del fallo impugnado e implica infracción de la...

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