Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 1 de Marzo de 2016

PonenteJosé Eduardo Ayu Prado Canals
Fecha de Resolución 1 de Marzo de 2016
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS: Debemos advertir, que el artículo 100 numeral 3, de nuestro Código Judicial, establece que le corresponde a la Sala Cuarta de Negocios Generales la función de "recibir los exhortos y comisiones rogatorias librados por tribunales extranjeros y determinar su cumplimiento en el territorio nacional y el funcionario o tribunal que debe cumplirlo." En este sentido, es preciso determinar, si entre el Estado de Israel y la República de Panamá, existen convenciones internacionales relativas a Asistencia judicial Internacional, de manera que el procedimiento a seguir para el diligenciamiento del exhorto sea acorde a esta. De lo antes expuesto, esta Colegiatura, a podido constatar, que entre la República de Panamá y el Estado de Israel, no existen convenciones suscritas relativas a exhortos o cartas rogatorias, por tal razón pasamos a analizar la solicitud en atención al Principio de Reciprocidad, el cual se fundamenta en que la República de Panamá se reserva la potestad discrecional de acceder a las peticiones efectuadas, dadas las limitaciones que pudieran presentarse en nuestra legislación sustantiva. Como se observa en la Carpeta Judicial, la presente solicitud tiene como objeto, "...obtener información y documentación en relación con la tarjeta de crédito panameña que fue usada para adquirir las cajas de cable de HOT y para pagar la suscripción mensual para dichas cajas de cable. Además, la solicitud procura obtener de las autoridades de Panamá información referente a las cuentas bancarias que, según se sospecha, se encuentran en Panamá y fueron usadas por los sospechosos para transferir y blanquear las ganancias criminales de su plan. La solicitud procura además obtener información referente a la sospechosa L.N.G., quien podría ser una ciudadana panameña." Vemos pues, que la Asistencia Judicial Internacional, detalla tres tipos penales, los cuales son investigados por la Policía del país exhortante los cuales son violación de derechos de autor, obtención de alguna cosa por engaño y lavado de dinero. Con relación a los delitos de violación de derecho de autor, obtención de cosa por engaño, observamos en el cuadernillo, que se dan una serie de sucesos, en los que se crea una sitio web, denominado www.mytvil.com el cual pone a disposición del público series televisivas pertenecientes a las cadenas YES y HOT, sin contar con las autorizaciones de las mismas para ello, pagando por las cajillas con una tarjeta de crédito emitida en Panamá...

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