Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), Sala 2ª de lo Penal, 3 de Diciembre de 2007

Fecha03 Diciembre 2007
Número de expediente47-G

VISTOS:

Mediante resolución de 14 de junio de 2007 la Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia admitió el recurso de casación formalizado por el licenciado J.M. contra la sentencia No. 174 de 27 de septiembre de 2006 emitida por el Segundo Tribunal Superior de Justicia mediante la cual se confirmó la resolución identificada como S.C. No. 48-06 de 10 abril de 2006 por la cual el Juzgado Décimo de Circuito de lo Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá, condenó a KENNETH DARLINGTON SALA a la pena de treinta y dos (32) meses de prisión e inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por el término de dos (2) años, por delito de Posesión Ilícita de Arma de Fuego. (v.f. 564 a 565)

Realizada la audiencia oral requerida para este tipo de casos, el negocio se encuentra en estado de decidir por la Sala.

ANTECEDENTES

El proceso inició con la declaración rendida por el sub-teniente L.M.M. quien suministró detalles en torno a la aprehensión del señor K.D. a quien se le ocuparon armas de grueso calibre sin los respectivos permisos, así como municiones. (v.f. 1 a 2).

Realizadas las diligencias de averiguación previas, la Fiscalía Auxiliar de la República dispuso recibirle declaración indagatoria al señor KENNETH DARLINGTON por delito Contra la Seguridad Colectiva, previsto en el Capítulo VII, Título VII, Libro II, es decir, por ilícito de Posesión Ilícita de Armas. (v.f. 60 a 64).

El sumario le fue adjudicado a la Fiscalía Tercera de Circuito del Primer Circuito Judicial de Panamá. Al momento de calificar el mérito del sumario el Juzgado Décimo de Circuito de lo Penal de la mencionada circunscripción judicial decretó apertura de causa criminal contra el señor DARLINGTON mediante resolución consultable a folios 481 a 485.

Llegado el momento de determinar la responsabilidad del procesado, la juez de primera instancia condenó al encartado a la pena de treinta y dos (32) meses de prisión por delito de Posesión Ilícita de Arma de Fuego. (v.f. 499 a 502).

El fallo de primera instancia fue confirmado mediante sentencia de 27 de septiembre de 2006, visible a folios 525 a 530.

CAUSAL INVOCADA Y MOTIVOS

El recurrente expuso como única causal: "ser la sentencia infractora de la ley sustancial penal en concepto de interpretación errada de la ley."

La causal se sustenta en un único motivo, en el cual el casacionista sostuvo que el fallo de instancia condenó al señor DARLINGTON en vista que determinó para ser coleccionista de armas es necesario registrarse ante la institución pertinente y el procesado no ha cumplido con ese trámite. Sin embargo, explicó no se ha establecido la autoridad ante la cual debe surtirse la gestión del registro. En este sentido, puntualizó que esa omisión no debe ser un obstáculo para reconocer el derecho que tienen los coleccionistas de armas, de manera que no es posible emitir sanción alguna. También precisó que el juez al proferir sus decisiones debe tener en cuenta el objeto del proceso es el reconocimiento de los derechos consignados en la ley sustancial.

De acuerdo con el licenciado MEJÍA se infringió el artículo 439 del Código Judicial porque el tribunal a quem no tomó en cuenta el derecho que tienen los coleccionistas de armas, el cual debe reconocerse aún cuando la ley no haya establecido una institución para el registro de armas.

Según el postulante se vulneró el artículo 9 del Código Civil, en concepto de violación directa por omisión, debido a que no se tomó en cuenta que los coleccionistas de armas no pueden ser sancionados, debido a esa condición.

En razón de las infracciones legales aducidas, a juicio del censor, se transgredió el artículo 264H del Código Penal por interpretación errónea, dado que se le concedió un alcance distinto a la norma, pues no se tomó en cuenta que al momento de dictar las resoluciones judiciales...

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