Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 29 de Octubre de 2010

Fecha29 Octubre 2010
Número de expediente70-G

VISTOS:

La Licenciada M.A.Q., en su condición de apoderada judicial del señor F.G.N.A., anunció y formalizó recurso de casación en el fondo contra el Auto 2da. I.. No.220 de 31 de julio de 2009, proferido por el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, a través del cual se confirma la resolución de primera instancia que niega la solicitud de prescripción de la acción penal, en el proceso instruido contra su representado por la supuesta comisión de delito Contra el Patrimonio, en su modalidad de retención indebida de cuotas obrero patronal de la Caja de Seguro Social.

Cumplidas las fases de admisión y sustanciación y una vez celebrada la audiencia oral y pública, corresponde resolver el fondo del presente recurso.

  1. HISTORIA CONCISA DEL CASO

    Según la casacionista, el proceso penal se inicia con la denuncia interpuesta el 22 de noviembre de 2005, por la señora A.M.E.D.P., contra la Junta Directiva de la Clínica Hospital Bella Vista por la supuesta comisión del delito de retención indebida de cuotas de la Caja de Seguro Social.

    Señala la recurrente que mediante providencia de 8 de enero de 2008, la Fiscalía Décima de Circuito procede a ordenar la indagatoria del señor F.G.N., quien hizo uso de su derecho constitucional de no declarar.

    Finalmente, la censora advierte que mediante resolución de 27 de marzo de 2009, el Juzgado Tercero de Circuito Penal, negó la solicitud de prescripción de la acción penal promovida a favor de su representado. Esta decisión fue confirmada por el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial.

  2. CAUSAL INVOCADA

    El censor fundamenta el recurso en una causal: "cuando infrinjan o quebranten algún texto legal expreso" prevista en el numeral 1 del artículo 2431 del Código Judicial, norma que hace referencia a las causales del recurso de casación contra los autos dictados en materia penal.

  3. MOTIVOS Y ANÁLISIS DEL TRIBUNAL DE CASACIÓN

    Procede este Tribunal de Casación a analizar los motivos que sustentan la causal alegada, a fin de determinar si los cargos planteados por el recurrente son lo suficientemente significativos y fundados, de tal forma que posean la virtualidad de invalidar la decisión adoptada por el Ad-Quem en el presente caso. Este análisis se realizará tomando en consideración la opinión del Procurador General de la Nación, Suplente.

    En el primer motivo que sustenta la causal, la recurrente expresa que el Tribunal Ad quem incurrió en un error de derecho al no decretar la prescripción de la acción penal, aun cuando ya había transcurrido el término establecido en la ley para aplicar esta figura jurídica en la presente causa.

    El Procurador General de la Nación, Suplente, considera que la recurrente no logra comprobar el cargo, puesto que el ilícito investigado en la presente causa -Retención Indebida de Cuotas Obrero Patronales- contiene una regulación...

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