Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 1 de Julio de 2004

Fecha01 Julio 2004
Número de expediente435-04

VISTOS:

Procedente del Tribunal de Honor del Colegio Nacional de Abogados ha ingresado a la Sala de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia la denuncia que por faltas a la ética y responsabilidad profesional del Abogado presentara el señor C.F. contra los licenciados A.V. y ALMA LOPEZ DE VALLARINO

ANTECEDENTES DEL CASO

El 27 de octubre de 2000 el señor C.F. presentó denuncia ante el Tribunal de Honor del Colegio Nacional de Abogados contra los Licenciados: A.V. y A.L. de V. por supuestas faltas a la ética, señalando en la misma que:

...

FALTAS A LA ETICA QUE LES IMPUTAMOS: Las Faltas a la Etica por la cual promovemos la presente denuncia se encuentran comprendidas en el artículo 5, 10 del CODIGO DE ETICA Y RESPONSABILIDAD PROFESIONAL DEL ABOGADO.

LUGAR Y FECHA EN QUE SE EJECUTARON LOS HECHOS:

T. como lugar de la comisión del hecho el Distrito de Panamá, el día 13 de abril de 1999, a las 08:00 A.M., del Corregimiento de Ancón, Despacho del Juez Segundo del Circuito de lo Civil, cuando los denunciados ordenaron retirar, recibieron y alteraron la firma ....

No existe constancia en el expediente que de la presente denuncia se le haya corrido traslado a los Licenciados A.V. Y ALMA LOPEZ DE VALLARINO.

Mediante escrito de primero (1)de marzo de dos mil cuatro (2004) EL Tribunal de Honor del Colegio Nacional de Abogados solicitó a la Sala de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia la declaratoria de prescripción de la acción disciplinaria intentada contra los Licenciados : A.V. y ALMA LOPEZ DE VALLARINO.

CONSIDERACIONES DE LA SALA

Esta Corporación de Justicia ha podido constatar, luego de un estudio pormenorizado del expediente contentivo de la presente denuncia que la relación cliente - abogado sostenida entre el señor C.F. y los Licenciados ANIBAL VALLARINO y ALMA LOPEZ DE VALLARINO surgió como consecuencia de que la compañía INVERSIONES FEMA, S.A., de la cual es P. y R.L. elS.C.F. fuera demandada por el Banco de IBEROAMERICA S.A. por un monto de NOVENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CUATRO BALBOAS CON 83/100 (B/.94,304.83), EL 11 DE...

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