Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 9 de Marzo de 2007

PonenteAníbal Salas Céspedes
Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2007
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

La Comisión de Personal del Primer Distrito Judicial, Ramo Penal, Panamá, remitió a esta Colegiatura el expediente contentivo del recurso de apelación interpuesto por el Licenciado L.C.T.R. contra la Resolución No.202-05 de 20 de octubre de 2005, por la cual se establece la lista de seleccionables y no seleccionables al cargo de Defensor de Oficio Circuital de la Defensoría de Oficio de Panamá.

El recurrente, mediante apoderado legal basó su disconformidad con la resolución arriba indicada en los siguientes hechos:

.....

"TERCERO: La resolución impugnada valora de manera inadecuada el seminario que se identifica como "2002 S2 MR 5/h"el cual se refiere al seminario "Mediación en la Administración de Justicia" realizado el 19 de marzo de 2002 con una duración de cinco (5) horas y con el auspicio de la Escuela Judicial y de la Alianza Ciudadana Pro-Justicia. Que su disconformidad radica en que este seminario fue calificado con la categoría de materia relacionada al cargo de Defensor de Oficio. Considera que debe ser calificado con la categoría de materia aplicable, por dos razones: a). En el expediente reposa la copia del seminario en cuestión, y en cuyo reverso se detallan los temas que fueron abordados en ese seminario, entre los que se destaca el tema de la Mediación Penal.

b). De los artículos 55 y 57 del Decreto Ley No.5 de 8 de julio de 1999 (G.O. No.23,837 de 10 de julio de 1999), se desprende con claridad que pueden someterse a la mediación las materias susceptibles de transacción, desistimiento y negociación.

Que si el seminario "Mediación en la Administración de Justicia", abordó el tema sobre la Mediación Penal, aunado con que la legislación, ya citada, autoriza que la mediación se realice en los procesos que son susceptibles de desistimiento, definitivamente el seminario en cuestión debe ser calificado con la categoría de materia aplicable, puesto que el Defensor de Oficio, en su interés de cumplir con su deber de promover cualquier diligencia necesaria para que sea más eficaz la defensa de su patrocinado (literal g, artículo 2021 del Código Judicial),debe tener conocimiento para solucionar el conflicto penal a través de la mediación. Es por ello que solicita que el seminario "Mediación en la Administración de Justicia", y que la resolución impugnada identifica como "2002 S2 MR 5/h", se califique como materia aplicable, además de la modificación del puntaje otorgado al seminario en mención, ya que le corresponde una valoración de 0.50, de acuerdo al numeral III del artículo 24 del Reglamento de Carrera Judicial.

CUARTO

Otra disconformidad contra la resolución impugnada, radica en que valoró de manera inadecuada el seminario que identifica como "2002 S3 MR 10/h", es decir, el seminario sobre "Aspectos del Proceso Contencioso Administrativo y del Procedimiento Administrativo General". La resolución atacada calificó este seminario con la categoría de materia relacionada, cuando debió calificarlo como materia aplicable y por consiguiente asignarsele una valoración de 0.50, de acuerdo al numeral III del artículo 24 del Reglamento de Carrera Judicial.

QUINTO

Otra disconformidad con la resolución impugnada se concentra en el puntaje o la valoración de las ejecutorías presentadas por su mandante y que a continuación se menciona con el siguiente puntaje:

El consentimiento del ofendido en el Código Penal vigente: M.A. 0.50

Política Criminal y Adolescentes infractores M.A. 0.50

La extradición de personas reclamadas por

autoridades extranjeras conforme al Código Judicial M.A. 0.75

Consideraciones sobre el Delito de evasión M.A. 0.50

La libertad condicional y el hacinamiento carcelario M.A. 0.50

El Órgano Judicial y la libre competencia económica M.R. 0.50

Extractos de Jurisprudencia (1) M.A. 0.50

Extractos de Jurisprudencia (2) M.A. 0.50

Extractos de Jurisprudencia (3) M.A. 0.50

Delincuencia no convencional y criminalidad

organizada. Elementos para la construcción

de un discurso de análisis. M.A. 0.75

Señala que debe quedar claro, que no...

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